Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2506
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDr. Marcelo Mogrovejo León, Mg. Sc.en_US
dc.contributor.authorVEGA LEÓN, MAX ROBERT-
dc.date.accessioned2013-09-21T22:02:49Z-
dc.date.available2013-09-21T22:02:49Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2506-
dc.description.abstractEl ordenamiento constitucional y legal ecuatoriano, al igual que lo han hecho muchas legislaciones del mundo, reconocen al matrimonio como el núcleo legal del cual se deriva la constitución de la familia que a su vez se constituye en la célula básica de la sociedad. De acuerdo con la legislación ecuatoriana, el matrimonio es susceptible determinación, estando en el Código Civil de nuestro país expresamente establecidas la causales por las cuales se pone fin al vínculo matrimonia. Una de las causas de terminación legal del matrimonio, es la nulidad la cual de acuerdo a las normas específicas de la legislación civil ecuatoriana puede ser demandada cuando se verifiquen cualquiera de las causales que el legislador ha previsto para ello. Dentro de esta causal me ha interesado de manera específica lo concerniente a la demanda de nulidad en aquellos casos en que el matrimonio ha sido contraído por personas afectadas por un estado de demencia, pues no está claro este aspecto en la legislación civil vigente ya que se considera a esta situación tanto como un vicio dirimente y también como un vicio del consentimiento; el problema es grave respecto principalmente de este segundo caso el cual daría lugar a considerar de que el cónyuge afectado por el vicio del consentimiento, es la persona que se casó con el demente, situación que resulta ilógica y carente de todo fundamento legal, y que provoca incertidumbre e inseguridad jurídica para las personas, y que además afecta las finalidades del matrimonio, dando la posibilidad de que a sabiendas de la demencia de una persona, otra promueva casarse con ella con la finalidad de conseguir beneficios especialmente de carácter patrimonial o económico.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleSE DEBE REGULAR EN FORMA ADECUADA LA ENFERMEDAD MENTAL, DENTRO DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA NULIDAD D.L MATRIMONIOen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: Biblioteca FJSA

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
TESIS MAX ROBERT VEGA LEÓN (ABOGADO).pdf3,17 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.