Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2459
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDr. Manuel Salinas Ordóñez.en_US
dc.contributor.authorTAPUY CALAPUCHA, PASCUAL CÉSAR-
dc.date.accessioned2013-09-19T13:55:27Z-
dc.date.available2013-09-19T13:55:27Z-
dc.date.issued2010-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2459-
dc.description.abstractEl derecho a la libertad de las personas es muy amplio, y como parte de él tenemos garantías como por ejemplo la libertad de expresarse, de informarse, de trabajar, etc., pero entre ellas existe la libertad de tránsito que le da la posibilidad a la persona de movilizarse de un lugar a otro de acuerdo con sus necesidades. La libertad de tránsito es de vital importancia para la realización de la persona, por ello ha sido reconocida como un derecho fundamental de los individuos en la Constitución de la República del Ecuador. Pese a que es un derecho trascendental, existen ciertas circunstancias que limitan y condicionan la posibilidad de movilizarse de un lugar a otro, en consideración a aspectos como por ejemplo la edad de la persona titular de ese derecho. Así en el caso de los niños, niñas y adolescentes, que para poder salir del territorio ecuatoriano necesitan de la autorización de los dos progenitores o de uno de ellos según el caso, aunque también cabe la posibilidad de que la autorización sea concedida por el Juez de la Niñez y la Adolescencia. Al revisar el Código de la Niñez y la Adolescencia, respecto a la autorización de salida de los menores de edad, he podido evidenciar que las normas contempladas actualmente en relación con la situación mencionada permiten por ejemplo que la autorización de salida sea otorgada ante los notarios, y de igual forma no se establece ningún trámite que permita asegurar que la salida del país del niño, niña o adolescente será para su beneficio y contribuirá para su desarrollo integral, y que no significará que estos menores puedan ser utilizados en prácticas nocivas para su integridad como por ejemplo la explotación laboral, la utilización sexual, etc. En este trabajo investigativo sobre la base de la verificación de la existencia real del problema, se plantea una propuesta legal, que desde mi punto de vista contribuirá a garantizar, que la salida de niños, niñas y adolescentes, sea autorizada solamente en aquellos casos en que sea favorable a para su desarrollo personal y su bienestar, y cuando se cumplan las exigencias legales que a tal efecto deben ser incorporadas en la normativa pertinente.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleLA SALIDA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES AL EXTRANJERO Y SU DEFICIENTE REGULACIÓN EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA.en_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: Biblioteca FJSA

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
TESIS (PASCUAL TAPUY CALAPUCHA) LICENCIATURA EN JURISPRUDENCIA.pdf760,32 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.