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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDr. Melanio Anival Rengel Ruiz.en_US
dc.contributor.authorVERA BEDOYA, NORMA-
dc.date.accessioned2013-09-18T15:52:58Z-
dc.date.available2013-09-18T15:52:58Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2432-
dc.description.abstractEl trabajo infantil es una triste realidad en el mundo con múltiples causas y consecuencias. Entre las causas, se destacan principalmente la pobreza, la violencia intrafamiliar, los patrones culturales, la permisividad social, la falta de oportunidades y la falta de cobertura, calidad, cumplimiento de la obligatoriedad de la educación. A esto se debe añadir la carencia de capacidades institucionales para combatirlo de manera efectiva. La presencia de lagunas y contradicciones normativas en algunos países también coadyuva a este mal, a lo que se suma la inexistencia de voluntad política por parte de los Estados para garantizar el cumplimiento de la ley. Desde un análisis constitucional, los niños, niñas y adolescentes al encontrarse incorporados dentro de los grupos vulnerables, gozan de protección legal y procesal, no obstante, esta disposición es únicamente un aforismo; pues forma parte de la cotidianidad ver a jóvenes que salen de sus hogares, cada vez a más temprana edad, a trabajar para sustentarse a sí mismos o incluso a su familia, sin poder acceder a su derecho a la educación, a la protección contra el abuso y explotación sexual o económica, poniendo en peligro hasta su propia integridad física. Las inertes acciones realizadas por el Estado no han dado resultados positivos porque el mercado laboral busca mano de obra barata entre la que figura la población infantil, a quien no se le reconoce su derecho a una protección integral, a un trato preferente o el acceso a todas las prestaciones laborales.Además el trabajo infantil trae consigo otras consecuencias perniciosas como la incidencia en actos delincuenciales debido a que muchos de ellos trabajan en las calles, expuestos a todo tipo de peligros e incluso con la posibilidad de aprender conductas socialmente desviadas. Pero las peores modalidades de trabajo infantil son: a) todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas; el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños y niñas para utilizarlos en conflictos armados; b) la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños y niñas para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas; c) la utilización, o la oferta de niños y niñas para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes; y d) el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños y niñas. Todo lo anteriormente expuesto deja en evidencia la necesidad de crear mecanismos que garanticen la protección efectiva de los niños, niñas y adolescentes. Mecanismos que deben ser asumidos como políticas públicas en los que esté contemplado, el ámbito familiar, educativo, social, económico, laboral y también legal.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleINCONGRUENCIAS LEGALES ENTRE EL CÓDIGO DE TRABAJO Y EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA RESPECTO DEL TRABAJO INFANTIL.en_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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