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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorPaccha Cuenca, Luís-
dc.contributor.authorQuizhpe Salinas, Ángel Serafín-
dc.date.accessioned2018-05-08T16:44:55Z-
dc.date.available2018-05-08T16:44:55Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/20537-
dc.descriptionOccupational diseasesdespite beinga constantin the workforceof public servantsand deservespriority treatment inthelegal and medicalaspects- legal, however, arecovered bythe Labor Codewith aworker'sapproachin general and notparticularizedpublic servantin theirrespectivelistand compensation, and, worse still the currentpublicService LawArticle 119in theconfusionwhen consideringevidenceof occupational accidentsandoccupational diseasesmotivated bywhat isinappropriateconceptual, doctrinaland legally. The dynamicsof the labor activityof public servants, work environment and use oftechnology determinethe appearanceof new diseaseswhich requires theregular updatingof the listof occupational diseasesthusconstituterightsof public servantsand debtthe Statethroughits institutionsand companies shouldprovideadequate conditionsfor work. Work accidentsand occupational diseasesdifferfromthe views ofconceptual, legal and doctrinal, in that order aregenerallylinked toworkerandpublic servants. Demonstrated inresearchthat occupational diseasesare derived fromthe work activityof public servants andtherefore it isnecessarytoreformitavailable to thePublic ServiceAct, an action islegallyjustified.es_ES
dc.description.abstractLas enfermedades profesionales a pesar de ser una constante en el campo laboral del servidor público y que merece un tratamiento prioritario en los aspectos legal y médico - legal, sin embargo, están contempladas en el Código del Trabajo con un enfoque del trabajador en general y no particularizado al servidor público en cuanto a su correspondiente listado e indemnizaciones; y, más grave aún la actual Ley Orgánica del Servicio Público en el Artículo 119 evidencia confusión al considerar a los accidentes de trabajo como motivados por enfermedad profesional lo que es inadecuado conceptual, doctrinaria y jurídicamente. La dinámica de la actividad laboral del servidor público, el ambiente laboral y el uso de la tecnología determinan el aparecimiento de nuevas enfermedades lo que exige la actualización sistemática del listado de enfermedades profesionales con lo cual se constituirán en derechos de los servidores públicos y en obligaciones del Estado que a través de sus instituciones y empresas debe brindar condiciones adecuadas para el trabajo. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales difieren desde los puntos de vista conceptual, jurídico y doctrinario, en su orden están vinculados al trabajador en general y a los servidores públicos. Se demuestra en la investigación que las enfermedades profesionales son derivadas de la actividad laboral del servidor público y por tanto se hace necesario realizar la reforma a lo que dispone la Ley Orgánica del Servicio Público, acción que se encuentra jurídicamente fundamentada.es_ES
dc.format.extent131 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectNECESIDAD DE REFORMARes_ES
dc.subjectART. 119es_ES
dc.subjectLEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICOes_ES
dc.titleNecesidad de reformar el artículo 119 de la ley orgánica del servicio público, relacionadas con las enfermedades profesionales.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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