Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/20151
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorLedesma Jaramillo, Edgar-
dc.contributor.authorAlvear Sarmiento, Gabriela Verónica-
dc.date.accessioned2018-02-21T15:32:45Z-
dc.date.available2018-02-21T15:32:45Z-
dc.date.issued2013-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/20151-
dc.descriptionTo safeguard and protect the victims of traffic accidents in our country that are a huge number of people, was established in the Organic Law of Land Transport, Traffic and Road Safety, the same as by executive decree 2119, published in Official Gazette 421 of 20 December 2008, in Title I, "Insurance Mandatory Traffic Accident", covers and protects the victims of traffic accidents, granting compulsory insurance to cover expenses and medical care these cases is universal to all those who suffer a traffic accident in the whole country under parameters of care in any nursing home whether public or private, as the coverages, conditions and limits insured. The Constitution of the Republic of Ecuador, establishes that Ecuador is a State constitutional rights and social justice, to maintain these principles we relate to our rights are guaranteed and protected by the Ecuadorian government through its regulatory bodies and laws, based on the Constitution and the institutions created by the state to the effectuation and protection of these rights, the same rights protect and shelter the people and their property, subject to the rules for the event through normative integrity, consistent comply the real objectives of justice, concluding that there impressions as loopholes in the Law of Land Transport, Traffic and Road Safety and Regulation, as it ignores the constitutional right to secure the property, and the care of the property or return of damage caused by a traffic accident, because the law is to protect not only people but goods such as no clear regulations regarding the protection of material goods, to simplify procedures and to determine responsibility for restitution causing damage to tangible property of others involved involuntarily because their goods are these houses, walls, cars, or other appliances or things that have absolutely nothing to do with the accident or the cause of this and in many cases remain not be reinstated or the property or the values of these third parties involved without any responsibility for the events causing a traffic accident.es_ES
dc.description.abstractCon el fin amparar y proteger a las víctimas de los accidentes de tránsito en nuestro país que son un elevadísimo número de personas, se creó en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial, la misma que mediante decreto ejecutivo 2119, publicado en el Registro Oficial 421 del 20 de diciembre del año 2008, en el título I, “Del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito”, ampara y proteja las víctimas de accidentes de tránsito, otorgándoles un seguro obligatorio para cubrir los gastos y atención medica en estos casos que es universal para todas aquellas personas que sufran un accidente de tránsito en todo el territorio nacional bajo parámetros de atención en cualquier casa de salud sean estas públicas o privadas, conforme las coberturas, condiciones y limites asegurados. La Constitución de la República del Ecuador, establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social, al mantener estos principios nos vinculamos a que nuestros derechos están garantizados y amparados por el Estado ecuatoriano a través de sus órganos normativos como las leyes, partiendo de la Constitución y las instituciones creadas por el Estado para la efectivización y protección de estos derechos, estos mismos derechos protegen y amparan a las personas y sus bienes, respetando las normas establecidas para el caso a través de disposiciones normativas integras, coherentes que cumplan los verdaderos objetivos de justicia, deduciendo que existen impresiones como vacíos jurídicos en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial como el Reglamento, ya que se omite el derecho constitucional de garantizar la propiedad, y al cuidado de esa propiedad o restitución del daño causado por un accidente de tránsito, por cuanto la ley es para proteger no solo las personas sino los bienes de estas ya que no hay una normativa clara en cuanto a la protección de los bienes materiales, que simplifique procedimientos y que determine responsabilidad de restitución al causante de los daños de bienes materiales de terceros involucrados involuntariamente ya que sus bienes sean estos viviendas, muros, autos, u otros artefactos o cosas que no tienen absolutamente nada que ver con el accidente o la causa de este y en muchísimos casos se quedan sin ser restituidos ni los bienes ni los valores de estos a los terceros involucrados sin ninguna responsabilidad sobre los hechos causantes de un accidente de tránsito.es_ES
dc.format.extent121 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectNECESIDAD DE IMPLEMENTARes_ES
dc.subjectSEGURO OBLIGATORIOes_ES
dc.subjectCONTRA ACCIDENTES DE TRANSITOes_ES
dc.titleNecesidad de implementar en el seguro obligatorio contra accidentes de transito y en la ley orgánica de transporte terrestre, transito y seguridad vial y su reglamento, la cobertura de este seguro a los bienes materiales de terceros en los daños provocados en accidentes de tránsito.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
GABRIELA ALVEAR(BIBLIOTECA)-ilovepdf-compressed.pdf570,94 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.