Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/20120
Título : | Reformas a la ley de seguridad social y el reglamento interno del régimen de transición del seguro de invalidez, vejez y muerte, en relación a las pensiones de montepío por muerte del cónyuge. |
Autor : | SAMANIEGO CASTRO, GUILLERMO CHALCO SÁNCHEZ, ARMANDO FLAVIO |
Palabras clave : | DERECHO REFORMA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL RÉGIMEN DE TRANSICIÓN |
Fecha de publicación : | 2012 |
Resumen : | La problemática desarrollado en el presente trabajo, es un derecho y un deber social que tienen el Estado y las beneficiarias para la existencia y soporte de una vida digna y decorosa de quienes han perdido a su cónyuge y deben afrontar la vida sola como jefes del hogar. Las pensiones que reciben por parte del Seguro Social como montepío, no es considerado como una solución para poder sobrevivir y mucho menos para la satisfacción de las diferentes necesidades prioritarias que tiene el ser humano como: Alimentación, vivienda, educación, salud y recreación, contradiciendo lo que estipula en la Constitución vigente. Toda persona que se ha quedado sola como jefes de hogar tiene derecho a percibir una pensión como montepío, pero debe ser una pensión digna y justa, capaz de cubrir las exigencias económicas, de salubridad entre otras. Es importante recalcar los principios y derechos que rigen en la nueva Constitución Política de la República en el Título II Capítulo II que corresponde al Derecho al Buen Vivir así como del Título VII del Régimen del Buen Vivir que literalmente se encuentra bien estipulada pero que en la realidad es muy diferente. Por otro lado tanto en la Ley de Seguridad Social y del Reglamento Interno del Régimen de Transición del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte consta el porcentaje de un 40% del salario del trabajador que son destinados a la pensión de montepío, como el 20% para cada niño o niña menores de edad; sin embargo, estos porcentajes no son lo suficientes para solventar muchas necesidades y exigencias que existen en el diario vivir, por tal razón mi propuesta de trabajo es el incremento del porcentaje al 85% para que de alguna manera satisfagan las necesidades de los derechohabientes. El hecho de considerar al Seguro Social como una entidad autónoma, en reuniones del Consejo Directivo toman decisiones y emiten reglamentos habidos y por haber de manera antojadizas, sin tomar en cuenta el precio de la canasta familiar actual, el incremento progresivo de los productos de primera necesidad y de las medicinas. Comparativamente hablando, en otras legislaciones de deferentes países como: Colombia, México y España, existen porcentajes superiores a la nuestra destinado a las pensiones de montepío, dando preferencia de sustentabilidad y de sostenimiento económica de las beneficiarias como seres humanos. Finalmente en este trabajo se ha llegado a concluir, gracias a la utilización y cumplimiento del esquema y metodología que exige la Investigación Científica como el análisis comparativo social y jurídico de todos quienes nos hemos encontrado involucrados en esta problemática de gran importancia y trascendencia, y llegar a concluir que el porcentaje o monto del montepío definitivamente es irrisorio e inhumano. |
Descripción : | The problem developed in the present work is a right and a social duty, which the State has with the women and their children, who are the beneficiaries for keeping the existence and support the life. The women who lost their husband and they have to confront the life with their children alone as a boss of home. The salary that they receive by the “Seguro Social” as a “montepio” are not considered as a solution to be able to survive, because it not cover all the different necessities that the human beings has: like Feeding, housing, education, and health. It goes in contrary that Constitution proposes. The woman that has been alone by supporting the expenses of their children have the right to receive a fair salary by “Montepio” that let to cover all the economic, health and social necessities in the life. It is important to emphasize that the lows and rights that the govern propose in the new Political Constitution” in the “literal 3 cap, 2 that corresponds to the Right of the Good living that propose to live in a good conditions, but it is very different in the real life. In the other hand, the low of the “Seguro Social” and The “Regimen de Transit del Seguro de Invalidez, vejez y muerte”, contains the 40% of the worker´s salary that belongs to the “monition” as 20% for each boy or girl in the earliest age; however, these percents aren’t enough to all necessities and demands that require for living, for that reason my project is to increase the amount of money in 85% so that the women cold cover the necessities of the life. The Seguro Social” is consider an autonomy Institutions, that the ConsejoDirectivo” makes some decisions and they emit regulations according to their desires, they don´t care the prices of the products for feeding, healthy, and housing for continues living. In the other development countries: Colombia, México and Spain their lows contribute to the high percent for the women who live alone with their children, they receive an honest and honor salary for surviving. Finally this work had been agreement, by using the methodology, that demands the Scientific Research as the social comparative analysis and We are involved in this problem with responsibility. That is important to the social development of the human beings. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/20120 |
Aparece en las colecciones: | UED |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
TESIS ARMANDO CHALCO-ilovepdf-compressed.pdf | 615,91 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.