Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/19818
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
---|---|---|
dc.contributor.advisor | SOLANO GUTIERREZ, FELIPE NEPTALÍ | - |
dc.contributor.author | ALLAUCA ANAGUARQUI, GLADIS | - |
dc.date.accessioned | 2018-01-12T14:24:37Z | - |
dc.date.available | 2018-01-12T14:24:37Z | - |
dc.date.issued | 2017 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/19818 | - |
dc.description | In our Constitution and Code of Work they are established principles for those that the labor relationships and the rights are governed that attend the workers, the same ones that should be observed and respected so much by the authorities of the work like for the employers and workers. The individual contract of work, contains certain elements that are configured as such among them we have the benefit of the licit and personal services, the dependence relationship, the remuneration; it is also source where obligations are born as much for the employer as for the worker and the employer. This individual contract of work can arrive to its end or extinction for the causes foreseen in the Code of the Work, among the causes for the termination of the individual contract of work have the inopportune discharge that is not another thing but the break of the labor relationships for the employer’s unilateral decision without fair cause, this arbitrary break of the labor relationships he/she gives place to certain compensations for the discharged worker, according to that determined by the Code of the Work. The Change of the occupation for which was hired, without the worker’s consent is constituted in a type of inopportune discharge, because they lose temper the agreements specified in the initial contract, where they no longer converge neither the will neither the worker’s consent, necessary requirements for the validity of all contract, and much more if it is the work contract, taking in consideration that no worker can be forced to carry out a work that is not freely accepted and chosen by him. Without embargo many employers being been worth of their condition of superiority in front of the worker’s necessity, they arbitrarily not alter alone the occupation but also the schedule and other work conditions that have not been initially conventional. All these abuses made by the employer against the worker are sanctioned by the Code of the Work, but it is that these sanctions and compensations foreseen in this legal body don’t fulfill the expectations of repairing the economic damage caused the worker to stay in the unemployment in fact, and for the same thing that you/they are ridiculous they don’t constitute obstacle some to prevent the employer to transgress the legal dispositions. For such a reason it is imperious the necessity to carry out a reformation proposal guided to safeguard the rights of the workers that are the most vulnerable part in a relationship labor, this reformation goes directed to improve the labor relationships between employers and workers as constituting a control to the outrages of certain employers. | es_ES |
dc.description.abstract | En nuestra Constitución y el Código de Trabajo se encuentran establecidos principios por los que se rigen las relaciones laborales y los derechos que les asisten a los trabajadores, los mismos que deben ser observados y respetados tanto por las autoridades del trabajo como por los empleadores y trabajadores. El contrato individual de trabajo, contiene ciertos elementos que se configuran como tal entre ellos tenemos la prestación de los servicios lícitos y personales, la relación de dependencia, la remuneración; es también fuente donde nacen obligaciones tanto para el empleador como para el trabajador y el empleador. Este contrato individual de trabajo puede llegar a su fin o extinción por las causas previstas en el Código del Trabajo, entre las causas para la terminación del contrato individual de trabajo tenemos el despido intempestivo que no es otra cosa sino el rompimiento de las relaciones laborales por decisión unilateral del empleador sin causa justa, este rompimiento arbitrario de las relaciones laborales da lugar a ciertas indemnizaciones para el trabajador despedido, según lo determinado por el Código del Trabajo. El Cambio de la ocupación para la que fue contratado, sin consentimiento del trabajador se constituye en un tipo de despido intempestivo, debido a que se alteran las acuerdos estipulados en el contrato inicial, donde ya no concurren ni la voluntad ni el consentimiento del trabajador, requisitos necesarios para la validez de todo contrato, y mucho más si se trata del contrato de trabajo, tomando en consideración que ningún trabajador puede ser obligado a realizar una labor que no sea libremente aceptada y escogida por él. Sin embrago muchos empleadores valiéndose de su condición de superioridad frente a la necesidad del trabajador, alteran arbitrariamente no solo la ocupación sino también el horario y otras condiciones de trabajo que no han sido inicialmente pactadas. Todos estos abusos cometidos por el empleador en contra del trabajador son sancionados por el Código del Trabajo, pero resulta que estas sanciones e indemnizaciones previstas en dicho cuerpo legal no cumplen con las expectativas de reparar en realidad el perjuicio económico causado al trabajador por quedarse en el desempleo, y por lo mismo que son irrisorias no constituyen obstáculo alguno para impedir que el empleador transgreda las disposiciones legales. Por tal razón es imperiosa la necesidad de realizar una propuesta de reforma encaminada a salvaguardar los derechos de los trabajadores que son la parte más vulnerable de una relación laboral, dicha reforma va dirigida a mejorar las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores como constituir un freno a las arbitrariedades de ciertos empleadores | es_ES |
dc.format.extent | 143 p. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.subject | DERECHO | es_ES |
dc.subject | MODIFICAR EL ART. 5 | es_ES |
dc.subject | CÓDIGO DEL TRABAJO | es_ES |
dc.subject | DERECHOS FUNDAMENTALES | es_ES |
dc.title | Necesidad de modificar el art. 5 del código del trabajo respecto a la protección judicial y administrativa, en los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras | es_ES |
dc.type | bachelorThesis | es_ES |
Aparece en las colecciones: | UED |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
GLADIS ALLAUCA ANAGUARQUI-ilovepdf-compressed.pdf | 974,32 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.