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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18894
Título : | Reforma al artículo 6 de la ley para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo, para garantizar en forma eficaz los derechos laborales en el Ecuador |
Autor : | Astudillo Ontaneda, Augusto Patricio Cisneros Sánchez, Mario Felipe |
Palabras clave : | DERECHO TRABAJO JUVENIL DERECHO LABORAL |
Fecha de publicación : | 2017 |
Resumen : | La matriz problemática generada luego del proceso de análisis y deducción previo el reconocimiento de las técnicas y procedimientos propios de una investigación jurídica de carácter aplicada, se enfoca en la revisión y estudio teórico de importantes instituciones y figuras jurídicas de relevante connotación en el área del Derecho Positivo; Precisamente mi temática se enmarca en el tratamiento y revisión del derecho laboral y con mayor especificidad de la ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo, cuerpo normativo vigente desde el 28 de marzo del año 2016; La ley en mención ha provocado al entrar en vigencia un amplio debate y críticas a nivel del foro jurídico, del sector de los trabajadores, obreros, la empresa privada y la sociedad en general, pues ha modificado importantes leyes a través de la incorporación de sus regulaciones, como por ejemplo el código del trabajo, la ley orgánica de seguridad social, la ley de pasantías en el sector empresarial, la ley orgánica del servicio público y la ley del banco del instituto de seguridad social. En lo atinente a mi problema objeto de estudio, me he situado particularmente en el análisis de la intangibilidad e irrenunciabialidad de los derechos del trabajador enfatizando en la tutela del derecho al fondo de cesantía que antes de la reforma protegía al trabajador que había quedado desempleado y la novedosa incorporación del seguro desempleo que reemplaza al referido fondo con ciertas particularidades y diferencias que es necesario precisar para identificar lo que considero constituye un serio problema jurídico con efectos sociales; Al respecto la ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo refiere “Artículo…- Del Seguro de Desempleo.- El Seguro de Desempleo es la prestación económica que protege a los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, bajo relación de dependencia por la pérdida de ingresos generada por un cese temporal de actividades productivas por causas ajenas a su voluntad y se regirá por los principios de obligatoriedad, suficiencia, integración, solidaridad y subsidiariedad.” Con esta breve descripción se puede conocer el objeto y alcance del seguro de desempleo, sin embargo, es en la disposición referente a los requisitos para acceder al seguro de desempleo y que a continuación transcribo que se puede identificar algunos puntos críticos: “a) Acreditar 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia, de las cuales al menos 6 deberán ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia; b) Encontrarse en situación de desempleo por un período no menor a 60 días; c) Realizar la solicitud para el pago de la prestación a partir del día 61 de encontrarse desempleado, y hasta en un plazo máximo de 45 días posteriores al plazo establecido en este literal; y,(…)” En primer lugar, se requiere 24 aportaciones continuas e ininterrumpidas para acceder al seguro, lo cual ya representa un obstáculo para el trabajador, que en las condiciones críticas que se vive actualmente y con los niveles de desempleo existentes, difícilmente puede permanecer dos años continuos prestando servicios ante el mismo patrono o empresa; En segundo lugar, la solicitud para el pago de la prestación, el trabajador deberá presentarla recién a partir del día 61 de encontrarse desempleado, lo que implica una demora y dilación exagerada considerando el tiempo que tardará el instituto ecuatoriano de seguridad social en aprobar administrativamente el trámite y acreditar los valores correspondientes al seguro de desempleo, si es que hay disponibilidad de fondos y liquidez claro está. Son importantes los aspectos que se mencionan y que serán objeto de estudio, análisis e investigación sustentada en criterios jurídicos y referencias conceptuales y doctrinarias atinentes a la temática planteada. |
Descripción : | Precisely my theme is framed in the treatment and the revision of the labor law and with greater specificity of the organic law for the promotion of the youth work, exceptional regulation of the working day, unemployment and unemployment insurance, body of rules in force since 28 March of the year 2016; the law in question has led to the entry into force of a broad debate and critical at the level of the legal forum, the sector of workers, workers, the private company and the society in general, since it has changed important laws through the incorporation of their regulations, such as the Labor Code, the organic law of social security, the law of internships in the business sector, the law Organic of public service and the law on the bank of the institute of social security. With regard to my problem object of study, I located particularly in the analysis of the inviolability and irrenunciabialidad of worker rights emphasizing in the guardianship of the right to the unemployment fund than before the reform protected the worker who had been unemployed and the novel incorporation of unemployment insurance that replaces to the fund with certain peculiarities and differences it is necessary to specify to identify what I believe is a serious legal problem with social impact; in the first place it requires 24 inputs continuous and uninterrupted to access the insurance, which already represents an obstacle to the worker, which in critical conditions that are currently live and with the levels of unemployment Existing, can hardly remain two years continued to provide services to the same employer or company; secondly, the request for payment of the allowance, the worker must submit newly starting the day 61 of being unemployed, which implies a delay and delay exaggerated considering the time it takes for the Ecuadorian Social Security Institute to approve the transaction and accredit administratively the values corresponding to the unemployment insurance, if there is availability of funds and liquidity of course. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18894 |
Aparece en las colecciones: | UED |
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