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Título : El principio de no regresividad y el decreto ejecutivo 813 que reforma el reglamento de la ley orgánica de servicio público
Autor : Astudillo Ontaneda, Augusto Patricio
Bustos Echeverría, Filadelfia Elizabeth
Palabras clave : DERECHO
PRINCIPIO DE NO REGRESIVIDAD
DECRETO EJECUTIVO
Fecha de publicación : 2017
Resumen : En nuestro país, el 7 de julio del 2011 en Ecuador, la clase trabajadora y el Derecho laboral sufrió un desmedro en sus derechos y principios, en esta misma fecha el presidente de nuestro país mediante el decreto ejecutivo 813 reformó el Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Público, concretamente el Art. 8, cuyo contenido es el siguiente: “Artículo 8.- A continuación del artículo 108, añádase el siguiente artículo Innumerado: “Artículo...- Cesación de funciones por compra de renuncias con indemnización.- Las instituciones del Estado podrán establecer planes de compras de renuncias obligatorias con indemnización conforme a lo determinado en la letra k) del artículo 47 de la LOSEP, debidamente presupuestados, en virtud de procesos de restructuración, optimización o racionalización de las mismas. El monto de la indemnización que por este concepto tendrán derecho a recibir las o los servidores, es de cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por cada año de servicio y hasta por un valor máximo de ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado en total, el cual se pagará en efectivo. Las servidoras y servidores públicos deberán cumplir obligatoriamente estos procesos aplicados por la administración. En el caso de la Provincia de Galápagos, el valor de la indemnización será calculado conforme a lo dispuesto en los numerales 1 y 2 de la Disposición General Primera de la LOSEP. Se considerará para el cálculo de las compensaciones y su correspondiente pago los años laborados en el sector público, así como la parte proporcional a que hubiere lugar. La compra de renuncias con indemnización no es aplicable para las y los servidores de libre nombramiento y remoción; con nombramientos provisionales, de período fijo, contratos de servicios ocasionales, ni para los puestos comprendidos dentro de la escala del nivel jerárquico superior. En este artículo, del decreto ejecutivo en mención, constan las frases “compra de renuncia obligatoria”, estas arbitrariedades por parte del gobierno presidido por el Actual Presidente de la República, viola derechos de los trabajadores, principios del Derecho Laboral como la estabilidad, el derecho a un debido proceso, la violación a un empleo digno, con lo que se viola flagrantemente el principio de no regresividad contemplado en el numeral 8 del Art. 11 de la Constitución de la República del Ecuador que textualmente dice: El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio. Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos. La salida de los servidores del sector público de manera forzada proyecta en el país un gobierno de facto, extrañando derechos y garantías sociales, reduciendo los segmentos propios de un país en donde el Estado Constitucional, Social de Derechos y Justicia propugna una convivencia que gira alrededor de la dignidad humana y fomentando el buen vivir o sumak kawsay, olvidándose de que con el trabajo estable se cumple con los fines orientadores de la economía de los ecuatorianos. Por el despido masivo de servidores públicos de sus puestos de trabajo, varias organizaciones sociales han demandado la inconstitucionalidad del polémico artículo del decreto ejecutivo Nº 813, que actualmente se encuentran en trámite en la Corte Constitucional ya que el contenido de éste polémico artículo atenta contra todos los principios y derechos tutelados por nuestra Constitución de la República, la misma que es garantista que propugna el principio pro homine. A decir de directivos del en ese entonces Movimiento Popular Democrático, esta forma de extrañar a los trabajadores ecuatorianos del sector público de sus puestos de trabajo, es una forma de camuflar el despido intempestivo, demanda que hasta la presente fecha no ha sido resuelta por parte del alto órgano de justicia constitucional. Estas reacciones sociales, a mi criterio, son fundamentadas ya que la disposición reglamentaria pugna con el orden jerárquico previsto en el Art. 425 de la Constitución de la República del Ecuador. En la Provincia de santo Domingo de los Tsáchilas un 15% de funcionarios judiciales fueron extrañados de sus puestos de trabajo por la “Compra su Renuncia Obligatoria” en el sector como la salud, Centro de Rehabilitación Social y Banco Central del Ecuador, ocurrió la separación de varios funcionarios; de ésta salida forzada, de servidores públicos, trajo consecuencias como aumento de los índices de desempleo de ecuatorianos.
Descripción : In our country, the July 7, 2011 in Ecuador, the working class and labor law suffered a detriment to the rights and principles, on the same date the president of our country by Executive Order 813 amended the Regulations of the Organic Law. Public Service, specifically Article 8 which reads as follows: "Article 8 After Article 108, insert the following numbered article:" Article ...- cessation of functions by purchasing waivers with indemnización.- State institutions may establish procurement plans mandatory waivers with compensation as determined in point k) of Article 47 of the LOSEP duly budgeted under restructuring processes, optimization or rationalization of the same. The amount of compensation on this account will be entitled to receive or servers, unified five basic wages of private worker for each year of service up to a maximum of hundred unified basic wage of private workers in total, which will be paid in cash. The public servants should be required to fulfill these processes applied by management. In the case of the Galapagos Province, the amount of compensation shall be calculated as provided in paragraphs 1 and 2 of the General Provision One of LOSEP. It will be considered for the calculation of the compensation and its payment laborados years in the public sector, as well as the proportional part that might arise. Buying waivers with compensation is not applicable for servers and appointment and removal; with interim appointments, fixed-term contracts, occasional services or for positions comprised within the range of the highest hierarchical level. In this article, the executive order in question, consisting of "compulsory purchase of resignation", these outrages by the chaired by President of the Republic government violates workers' rights, labor law principles such as stability, the sentences . right to a due process violation of decent work, which is blatantly the principle of non-regression referred to in paragraph 8 of Article 11 violates the Constitution of the Republic of Ecuador, which reads: the content of rights will be developed gradually through the rules, jurisprudence and public policy. The State will create and ensure the conditions for full recognition and exercise. Be unconstitutional any act or omission of regressive decrease, unreasonably impair or defeat the exercise of rights. The output of the public sector servers forcefully projected in the country a de facto government, missing rights and social guarantees, reducing own segments of a country where the Constitutional State of Rights and Social Justice advocates coexistence revolving around human dignity and promoting the good life or sumak kawsay, forgetting that the stable work meets the guiding purpose of the Ecuadorian economy. For the mass dismissal of public servants their jobs, various social organizations have demanded the controversial article unconstitutional Executive Decree No. 813, which is currently pending in the Constitutional Court and that the content of this controversial article watchful against all principles and rights protected by our Constitution of the Republic, the same as is guarantor advocated the principle pro homine. To tell managers then Popular Democratic Movement, thus surprising the Ecuadorian public sector workers their jobs, is a form of camouflage unfair dismissal, claims that to this date has not been resolved by the highest organ of constitutional justice. These social reactions, in my opinion, are founded as the regulatory provision conflicts with the hierarchy laid down in Art. 425 of the Constitution of the Republic of Ecuador. In the province of Santo Domingo de los Tsáchilas 15% of judicial officials were estranged from their jobs by the "Buy your Compulsory Resignation" in the sector such as health, Social Rehabilitation Center and Central Bank of Ecuador, occurred the separation several officials; of this forced departure of public servants, it brought consequences such as rising unemployment Ecuadorians.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18803
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