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Título : Necesidad de reformar el código de la niñez y adolescencia para que la extinción del derecho de alimentos, sea declarada de oficio por parte del juez/a que conoce la causa, en relación con el principio de economía procesal
Autor : Astudillo Ontaneda, Augusto Patricio
Cando Sisalema, Christian Marcelo
Palabras clave : DERECHO
DERECHO DE ALIMENTOS
NIÑEZ
ADOLESCENCIA
Fecha de publicación : 2017
Resumen : La obligación de suministrar alimentos por parte de los progenitores según lo determina el Código de la Niñez y Adolescencia es hasta los veintiún años, siempre y cuando se justifique que el hijo o hija se encuentre estudiando. Los juicios de alimentos hacia las personas obligadas constituye en un serio problema, ya que prácticamente durante veintiún años se han visto obligados a encontrarse en litigio con las beneficiarias de la pensión de alimentos, es decir, por lo menos cada año les ha tocado enfrentar incidentes de alza de pensiones hasta que el hijo o hija cumpla veintiún años. Ahora bien, para dejar de suministrar alimentos, necesariamente se tiene que iniciar un nuevo incidente o juicio para que el juez declare extinguida la obligación alimenticia; aquí radica la idea principal de mi trabajo y lo que pretendo demostrar con mi investigación jurídica, es que los jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, tengan la facultad para que de oficio se pueda declarar extinguida la obligación de suministrar alimentos una vez que se haya verificado que el alimentado cumpla los veintiún años de edad, para lo cual necesariamente se deberá de insertar una reforma al Código de la Niñez y Adolescencia y de esta manera vamos a evitar nuevos juicios o incidentes, todo esto en aplicación del principio de economía procesal, además de descongestionar la administración de justicia por cuanto existen un sin número de esta clase procesos.
Descripción : The obligation to provide food by parents as determined by the Code of Children and Adolescents is to twenty years is justified as long as the child be studying. Trials of food to the liable persons is a serious problem, since practically for twenty years have been forced to be in dispute with the recipient of alimony, ie, at least every year have had to face incidents pension hike until the child twenty-first birthday. Now, to stop supplying food, necessarily have to start a new incident or trial for the judge to declare the termination of the maintenance obligation; here is the main idea of my work and what I intend to demonstrate with my legal research, is that judges of the Family, Women, Children and Adolescents, have the authority to officially can be declared extinguished the obligation to provide food once It has been verified that the feed meets the twenty one years old, for which necessarily must insert an amendment to the Code of Children and Adolescents and thus will avoid retrials or incidents, all under the principle of judicial economy and to decongest the administration of justice because there are a number of processes this class.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18655
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