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Título : Reforma al artículo 83 del código civil, referente al matrimonio de mayores de 16 años y menores de 18 años sin la necesidad del consentimiento de sus padres o quien tenga la patria potestad
Autor : Quiroz Castro, Darwin Romeo
Ludeña Misquero, Robert Jimy
Palabras clave : DERECHO
DERECHO CIVIL
MATRIMONIO
PATRIA POTESTAD
Fecha de publicación : 2017
Resumen : Hoy en día tanto en el aspecto legal, como social e institucional, tiene una importancia trascendental para el Estado la formación de los niños y adolescentes ya que a partir de su formación y consideración por parte de éste y sus instituciones, y por supuesto contando con la participación fundamental de la familia, se constituye en el grupo social del cual en el mediano y corto plazo, estarán los destinos de la patria, y por lo tanto merecen la consideración y atención oportuna a sus derechos y requerimientos. Es por esto que nuestro país a nivel internacional, ha suscrito un sin número de acuerdos y convenios en los cuales, se fomenta la participación de la niñez y adolescencia dentro de los principales ámbitos y áreas de trabajo del Estado, para que desde temprana edad, se fomente la ciudadanía responsable en ellos, lo cual derive en una participación activa de la adolescencia, como futuros líderes de nuestro país. Esto dentro del nuevo marco legal de nuestro país, se nota a partir de la constitución, norma máxima de la República, en la cual, se dedican varios articulados que están orientados, a la formación de los adolescentes y jóvenes, así como también a la protección de sus derechos y oportunidades, es por esto que a partir de la nueva constitución de la República, es la consideración de los adolescentes como ciudadanos aptos para ejercer el derecho de sufragio, a partir de los 16 años de edad, marcando un rumbo completamente nuevo dentro del ejercicio de los derechos políticos de las y los ecuatorianos. Otra norma vigente como es el caso del código civil, nos habla del acceso al matrimonio legalmente reconocido, en donde solo los mayores de edad o que hayan cumplido 18 años podrán casarse, situación sumamente contradictoria, si consideramos que la constitución les otorga el derecho a votar a los 16 años de edad, en plena adolescencia, un derecho y a su vez una responsabilidad tan delicada, pero por otra parte se niega o se condiciona un derecho como el matrimonio, al consentimiento o autorización de terceras personas, fomentándose de esta forma los abandonos de hogar por parte de los adolescentes, casos de violación, prostitución y embarazos precoces. Es por esto que escogí este tema de gran importancia para un poco realizar un análisis de lo que se viene dando y venimos viviendo en nuestra sociedad del siglo XXI.
Descripción : Today both the legal aspect, as social and institutional, is of vital importance to the State education of children and adolescents as from their training and consideration by it and its institutions, and of course counting the fundamental participation of the family constitutes the social group which in the medium and short term, will be the destiny of the country, and therefore deserve consideration and timely attention to their rights and requirements. That is why our country internationally, has signed a number of agreements in which the participation of children and adolescents within the main fields and work areas of the State is encouraged, so that from an early age, fosters responsible citizenship in them, which resulting in an active participation of adolescence, as future leaders of our country. This within the new legal framework of our country, note from the constitution, the highest law of the Republic, in which several articulated which are oriented to the formation of adolescents and youth, as well as to engage the protection of their rights and opportunities, which is why after the new constitution of the Republic, is the consideration of adolescents as citizens eligible to exercise the right of suffrage from 16 years of age, marking a course completely back into the exercise of political rights of Ecuadorians. Another existing standard such as the civil code, speaks access to legally recognized marriage, where only the elderly or who have completed 18 years may marry, extremely contradictory situation, considering that the constitution gives them the right to vote at 16 years of age, a teenager, a right and turn such a delicate responsibility, but then refuses or right as marriage is conditioned, consent or authorization of third parties to be encouraged in this way home abandonments by adolescents, cases of rape, prostitution and early pregnancy. That is why I chose this topic of great importance to perform some analysis of what has been taking place and have been living in our society of the XXI century.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18571
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