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Título : Reforma A La Ley De Seguridad Pública Y Del Estado, En Relación A Establecer Un Régimen De Control De Los Contratos Adjudicados Por La Secretaría Nacional De Inteligencia
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Guanotuña Guaman, Mario Medardo
Palabras clave : DERECHO
REFORMA A LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DEL ESTADO
Fecha de publicación : 2016
Resumen : El plan de investigación jurídica que presento a continuación tiene como fundamento jurídico la revisión de la ley de seguridad pública y del estado vigente desde el año 2009, normativa que estimo es de gran relevancia para los intereses estatales y el cumplimiento de objetivos gubernamentales. La ley en referencia tiene por objeto regular la seguridad integral del Estado democrático de derechos y justicia y todos los habitantes del Ecuador, garantizando el orden público, la convivencia, la paz y el buen vivir, en el marco de sus derechos y deberes como personas naturales y jurídicas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, asegurando la defensa nacional, previniendo los riesgos y amenazas de todo orden, a través del Sistema de Seguridad Pública y del Estado. En el Art. 2 de la ley se han establecido sus ámbitos, lo cual estimo necesario citar para estructura posteriormente lo que estimo constituye un problema jurídico a tratar; refiere el mencionado artículo: “Al amparo de esta ley se establecerán e implementarán políticas, planes, estrategias y acciones oportunas para garantizar la soberanía e integridad territorial, la seguridad de las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, e instituciones, la convivencia ciudadana de una manera integral, multidimensional, permanente, la complementariedad entre lo público y lo privado, la iniciativa y aporte ciudadanos, y se establecerán estrategias de prevención para tiempos de crisis o grave conmoción social.” La referencia legal que antecede nos permite conocer el amplio espectro regulatorio de la ley, que a primera vista es justificable que el estado asegure y garantice todos y cada uno de los objetivos ahí expuestos; sin embargo es preciso identificar aquellos excesos que la ley objeto de revisión presenta y que a mi juicio deben ser objeto de una revisión por parte de la asamblea nacional para salvaguardar precisamente intereses públicos y ciudadanos; Precisamente estimo que uno de los problemas jurídicos que se ha generado se deriva de lo preceptuado en el art. 18 de la ley y que tiene relación con la facultad otorgada a la Secretaría Nacional de Inteligencia para disponer de gastos reservados para contrataciones en materia de inteligencia y contrainteligencia, sin someterse a las reglas de contratación pública establecidas en el sistema nacional de contratación pública; a continuación transcribo: “Art. 18.- De los gastos especiales.- La Secretaría Nacional de Inteligencia dispondrá de un fondo permanente de gastos especiales asignados a actividades de inteligencia y contrainteligencia para la protección interna, el mantenimiento del orden público y de la defensa nacional, cuyo uso no se someterá a las normas previstas en la ley que regula el sistema nacional de contratación pública. El fondo permanente de gastos reservados constará en el Presupuesto General del Estado, monto que será de acceso público, no las asignaciones de los gastos que será información clasificada.” Surge indudablemente un conflicto jurídico que se evidencia en primer término por el manejo de gastos secretos y reservados exentos de fiscalización pública, surge el riesgo de no conocer el uso y destino de gastos secretos que con fines de precautelar la seguridad estatal bien podrían afectar derechos y prerrogativas ciudadanas y además que resulta inadmisible que los contratos que suscriba la Secretaría Nacional de Inteligencia se encuentren exentos de revisión y fiscalización de los órganos de control; situaciones que estimo deben ser revisadas para clarificar el ámbito de acción y contratación que autorice la SENAIN y evitar el uso indebido de recursos públicos en actividades clasificadas a las cuales no tenemos acceso los ciudadanos.
Descripción : The law in question is to regulate the overall security of the democratic state of law and justice and all the inhabitants of Ecuador, ensuring public order, coexistence, peace and good living as part of their rights and duties as individuals and corporations, communities, peoples, nationalities and groups, ensuring national defense, preventing the risks and threats of all kinds, through the System of Public Security and the State. The legal reference above provides insight into the broad spectrum of regulatory law, which at first sight is justifiable that the state ensure and guarantee each and every one of the stated objectives there; however it is necessary to identify those excesses that the law under review has and which I believe should be subject to review by the National Assembly precisely to safeguard public interests and citizens; Indeed I believe that one of the legal problems that has arisen stems from the provisions in the art. 18 of the Act and that relates to the authority granted to the National Intelligence Secretariat have reserved for procurement spending on intelligence and counterintelligence, without being subject to public procurement rules established in the national public procurement system. Undoubtedly a legal dispute arises as evidenced primarily by the handling of secret and reserved costs exempt from public scrutiny, the risk of not knowing the use and allocation of expenses secrets purposes to safeguard the state security could well affect rights arising and prerogatives citizens and also that it is unacceptable that the contracts signed by the National Intelligence Secretariat are exempt from review and audit of supervisory bodies; situations that I believe should be revised to clarify the scope and authorize the hiring SENAIN and prevent misuse of public funds in hazardous activities which citizens do not have access.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/17425
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