Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/17223
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorAranda Peñarreta., Fausto-
dc.contributor.authorBriceño Córdova, Thalía Jeanneth-
dc.date.accessioned2016-11-07T22:08:22Z-
dc.date.available2016-11-07T22:08:22Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/17223-
dc.descriptionThis thesis work focuses on the study the Organic Integral Penal Code; specifically at everything related to the theme: “DECRIMINALIZING THE CRIME OF ABORTION WHEN THE FETUS SUFFERS DISEASES THAT PRECLUDE THEIR INTEGRAL DEVELOPMENT" in this work the crimes against life as appropriate to abortion and its decriminalization in cases in which the child suffer from birth defects or incompatible congenital diseases with life are mentioned, with which it has been found that there are several legal loopholes in mentioned Article 150 of the COIP where its rules are outdated and are not consistent with our national reality because of the large demographic, technological and economic progress in our country. That is why, it is appropriate to implement amendments to the Organic Integral Penal Ecuadorian Code, in order that abortion may occur in truly extreme cases in view of the respective degree of need or danger for the mother and fetus, and be analyzed by a medical professional, with this can be prevent cases of abortions clandestinely. This research aims to make a profound legal, social and doctrinal analysis of the pregnancy termination when the mother has been diagnosed by a medical specialist with the presence of a nonviable fetus by disease or congenital malformations incompatible with life. Is worth mentioning that through the development of theoretical and empirical content, it has been determined that currently Ecuadorian criminal legislation criminalizes abortion, fully by ensuring the life of the mother and the child, from the moment the conception. It is true that current legislation guarantees people law to life, but is also acceptable in the law a legal abortion under only two circumstances which exempt from criminal responsibility the perpetrator, in accordance with Article 150 the Organic Penal Integral Code. 6 However, the evolution in medical development - scientific, specifically in gynecological-obstetrician area, the presence of incompatible fetal diseases with life, tragically ending in fetal impracticality and consequent pregnancy termination in the form of therapeutic or eugenic abortion, despite all these considerations discussed this medical practice is not supported by the Ecuadorian punitive law. Finally the viability of this research work is ratified by conducting thorough field study regarding the issues proposed for that has been considered the standard of medical professionals, psychologists and lawyers, through technical survey and interview who have expressed their important criteria and valuable opinions on the question asked, referring to incorporate legal to Article 150 the Organic Integral Penal Code reforms, proposing the termination of pregnancy when it is medically diagnosed the fetus was not viable because of illness or fetal malformations incompatible with life.es_ES
dc.description.abstractEl presente trabajo de Tesis se orienta al estudio del Código Orgánico Integral Penal; específicamente a todo lo relacionado con el tema: “DESPENALIZACIÓN DEL DELITO DE ABORTO CUANDO EL FETO ADOLECE DE ENFERMEDADES QUE IMPOSIBILITAN SU DESARROLLO INTEGRAL” en este trabajo se mencionan los delitos contra la vida en lo pertinente al aborto, y su despenalización en los casos en que la criatura padezca de malformaciones o enfermedades congénitas incompatibles con la vida, con lo cual se ha podido encontrar que existen varios vacíos jurídicos en el artículo 150 del COIP, donde sus normas son desactualizadas y no están acorde a nuestra realidad nacional, dado el gran avance poblacional, tecnológico y económico en nuestro país. Es por ello, que es conveniente implementar reformas al Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano, con la finalidad de que el aborto pueda darse en casos verdaderamente extremos dado el respectivo grado de necesidad o de peligro para la madre y el feto, y que sea analizado por un médico profesional, con esto se puede evitar casos de abortos de manera clandestina. El presente trabajo de investigación tiene como propósito realizar un profundo análisis jurídico, social y doctrinario sobre la interrupción de la gestación cuando la madre ha sido diagnosticada por un médico especialista con la presencia de un feto inviable por enfermedades o malformaciones congénitas incompatibles con la vida. 3 Es importante destacar que a través del desarrollo de los contenidos teóricos y empíricos, se ha logrado determinar que en la actualidad la legislación penal ecuatoriana tipifica el delito de aborto, garantizando completamente la vida de la madre y del niño o niña, desde el momento de la concepción. Es verdad que la normativa vigente garantiza a las personas el derecho a la vida, pero también es aceptable en el ordenamiento jurídico el aborto no punible bajo dos únicas circunstancias, que eximen de responsabilidad penal al causante, de conformidad con el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal. Sin embargo, al devenir en desarrollo médico – científico, específicamente en el área ginecológico–obstetra, la presencia de enfermedades fetales incompatibles con la vida, trágicamente termina en inviabilidad fetal y la consecuente interrupción de la gestación bajo la modalidad de aborto terapéutico o eugenésico, a pesar de todas estas consideraciones analizadas esta práctica médica no es admitida por el derecho punitivo ecuatoriano. Finalmente la viabilidad de este trabajo investigativo es ratificada mediante la realización de un minucioso estudio de campo con respecto a la problemática propuesta, para lo que se ha considerado el criterio de profesionales médicos, psicólogos y abogados, mediante la técnica de la encuesta y la entrevista, quienes han manifestado sus importantes criterios y 4 valiosas opiniones con respecto al tema planteado, aludiendo incorporar reformas legales al artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal, proponiendo la interrupción del embarazo cuando se ha diagnosticado médicamente la inviabilidad fetal a causa de enfermedades o malformaciones fetales incompatibles con la vida.es_ES
dc.format.extent179 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherLoja, 7 de noviembrees_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectDESPENALIZACIÒN DEL ABORTOes_ES
dc.subjectFETOes_ES
dc.subjectDESARROLLO INTEGRALes_ES
dc.titleDespenalización del Delito de Aborto cuando el Feto adolece de enfermedades que imposibilitan su desarrollo integrales_ES
dc.typebachelorThesises_ES
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Thalía Jeanneth Briceño Córdova.pdf2,3 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.