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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorOrellana Samaniego, Rosa Alicia-
dc.contributor.authorBombón Muzo, César Leonardo-
dc.date.accessioned2016-10-06T15:28:04Z-
dc.date.available2016-10-06T15:28:04Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16843-
dc.descriptionWhile indigenous justice in our country is an issue that was established and was recognized as a model of application of law in the Constitution of 1998, the same that was based on customs and traditions own s of each people, recognizing with this autonomy to indigenous justice, indigenous community or nationality; This was confirmed and expanded in the 2008 Constitution that in Article 171. As part of a universal principle such as the equality of rights and opportunity that is established in our Constitution it is imperative that participation in the justice system either this ordinary or indigenous, thus generating the purest right to equality between the various social groups that coexist in our country. Our country is immersed in a legal pluralism, this under two systems of justice is recognized, so much is because the ordinary courts as indigenous justice, but beyond this there is a gap when trying to harmonize together, that under the principles of justice are very antagonistic when it really should be the opposite, ie the application of justice in the two systems should coexist harmoniously with any regulations that specify the principles of cooperation, more even if they are a multinational and multi-ethnic country such as Ecuador. This is as part of a response to the legal certainty provided by the State to all individuals who live within Ecuador either this individually or collectively, that virtually helps that under no circumstances any right or guarantee in it violates the Constitution. Similarly we can refer to recognition by the Organic Code of the Judiciary where clearly indigenous justice is established as an enforcement mechanism of legal justice in which the authorities of indigenous peoples shall exercise judicial functions, applying standards and own procedures for resolving internal conflicts in accordance with their customs or customary law, provided they are not contrary to the Constitution and laws and in one of the duties the law will make those functions compatible with those of the national judicial system. It is clear observation of the conflict between indigenous justice and ordinary justice as part of the same system of administration of justice, that under the population does not respond to a single orientation, creating tensions and conflicts of a judicial nature and competition between authorities, despite the constitutional mandate have failed to establish the necessary legal mechanisms for cooperation and coordination. All in all we conclude that it is necessary to regulate or harmonize the indigenous justice and ordinary justice, strengthening and improving the positive law regarding the application of justice.es_ES
dc.description.abstractSi bien es cierto la justicia indígena dentro de nuestro país es un tema que se estableció y se reconoció como un modelo de aplicación de justicia en la Constitución del año 1998, la misma que se sustentaba en las costumbres y tradiciones propios de cada pueblo, reconociéndole con esto la autonomía a la justicia indígena, comunidad o nacionalidad indígena; esto fue ratificado y ampliado dentro de la Constitución del 2008 esto dentro del artículo 171. Como parte de un principio universal como lo es la igualdad de derechos y oportunidad que se encuentra establecido en nuestra Constitución es imperante que la participación dentro del sistema de justicia ya sea esta ordinaria o indígena, generando así el derecho más puro de igualdad entre los diversos grupos sociales y étnicos que coexisten en nuestro país. Nuestro país se ve inmerso dentro de un pluralismo jurídico, esto en virtud de que se reconoce dos sistemas de justicia, es pues así que tanto la justicia ordinaria como la justicia indígena, pero mucho más allá de ello existe un vacío al momento de intentar armonizarlas entre sí, esto en virtud de que los principios de administración de justicia son muy antagónicos cuando la realidad debería ser todo lo contrario, es decir la aplicación de justicia en los dos sistemas debería coexistir armoniosamente mediante un reglamento que especifique los principios 3 de cooperación y coordinación, más aún cuando nos encontramos en un país plurinacional y multiétnico como lo es el Ecuador. Esto es como parte de una respuesta a la seguridad jurídica que brinda el Estado a todos los individuos que vivimos dentro del Ecuador ya sea ésta de forma individual o colectiva, esto prácticamente ayuda a que por ningún motivo se violente algún derecho o garantía reconocida en la Constitución. Del mismo modo podemos hacer referencia al reconocimiento que hace el Código Orgánico de la Función Judicial en donde claramente se establece a la justicia indígena como un mecanismo de aplicación de justicia legal en donde las autoridades de los pueblos indígenas ejercerán funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la solución de conflictos internos de conformidad con sus costumbres o derecho consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitución y las leyes y dentro de una de las funciones la ley hará compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial nacional. Es de clara observación el conflicto existente entre la justicia indígena y la justicia ordinaria como parte de un mismo régimen de aplicación de la justicia, esto en virtud de que la población no responde a una sola orientación, lo que genera tensiones y conflictos de naturaleza jurisdiccional y de competencia entre las autoridades que, a pesar del mandato constitucional no han podido establecer los mecanismos legales necesarios de cooperación y coordinación. Dentro de todo deducimos que es necesario regular o armonizar a la justicia indígena y a la justicia ordinaria, afianzando y perfeccionar al derecho positivo en cuanto a la aplicación de la justicia.es_ES
dc.format.extent124 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectLA JUSTICIA INDÍGENAes_ES
dc.subjectJUSTICIA ORDINARIAes_ES
dc.subjectDELITOS CONMOCIÓN SOCIALes_ES
dc.titleLa justicia indígena en el Ecuador y su cooperación con la justicia ordinaria en los delitos de conmoción sociales_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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