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Título : Reformar los artículos 59, 61, 63, 65 y 66 del reglamento de disciplina de la policía nacional, por cuanto violan el debido proceso y el derecho a la defensa en las investigaciones interno administrativa
Autor : Aguirre Valdivieso, Renato
Yanqui Crespo, Edgar Gerardo
Fecha de publicación : 2015
Resumen : A través de la historia se conoce que todas las instituciones policiales, tienen como objetivo general prestar la seguridad a la ciudadanía, es así que la Policía Nacional del Ecuador, se ha institucionalizado el 2 de Marzo de 1938, desde aquella época ha venido prestando su servicio de seguridad interna, la carrera policial se inicia con el llamamiento y termina con la baja de la institución, pudiendo ser la baja voluntaria, por el incumplimiento de la Ley, por jubilación. Dentro de la carrera policial se debe cumplir su misión establecida en la Constitución de la República del Ecuador, Art. 163, que es atender la seguridad ciudadana y el orden público, en tanto que los miembros policiales son servidores públicos, percibiendo su remuneración del Estado, en consecuencia tienen los mismos derechos y obligaciones que todo servidor público, como tal deben prestar su servicio a la colectividad bajo los principios, eficiencia, eficacia, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, transparencia; en caso de no acatarse las disposiciones jurídicas, administrativamente, sin perjuicio a la acción penal o civil que pudiere originarse del mismo hecho, serán sancionados conforme lo indica el derecho administrativo sancionatorio de la Policía Nacional, constante por un lado en la Ley de Personal y por otro en el Reglamento de Disciplina; dichas sanciones disciplinarios, son en muchos casos, inconstitucionales, ilegales, ilegítimos, que violan las normas básicas del debido proceso; entre estos, el derecho a la defensa, debido a que varias de las sanciones disciplinarias, son aplicadas de manera directa por el Superior Jerárquico inmediato del sancionado; mientras que otras, son emitidas luego de un informe investigativo realizado por el personal de Asuntos Internos; dentro de las indagaciones, vulnerándose principios básicos de un proceso o procedimiento administrativo sancionatorio: como son la notificación del inicio de la investigación administrativa, presunción de inocencia, lo que es más, no existe una audiencia oral en donde se puedan formular y judicializar pruebas en base al principio de contradicción; así como también, para la sanción denominada arresto que es privativa de la libertad, atentatorio contra el derecho a la libertad, no se toma en cuenta, que solo mediante orden judicial y emanada por un Órgano de Administración de Justicia Judicial, se puede privar de la libertad a un ser humano; con mayor razón, es inconcebible que a un servidor policial se lo prive de libertad bajo la figura del arresto aplicando, normas contempladas en el Reglamento de Disciplina; por lo que, de manera urgente debe ser reformado dicho Reglamento, que por su vigencia es contrario a las normas Constitucionales; ya que, data desde el 7 de Agosto de 1998; fecha anterior a la vigencia de nuestra Norma Suprema actual; siendo necesaria la reforma planteada en el presente trabajo investigativo, debiendo derogarse los arrestos, recargo del servicio, la represión y la denominada fagina; con ello por un lado se permitirá que se racionalice, el sistema de sanciones, de tal forma que no se vulneren los derechos de los gendarmes o se afecte su integridad física y moral; por otro lado se garantice la seguridad jurídica y estabilidad laboral, ya que los arrestos conlleva a una reincidencia, pudiendo ser destituidos de la Institución.
Descripción : Through the story is known to all police institutions, general aim provide security to citizens, so that the National Police of Ecuador, has been institutionalized March 2, 1938, since that time has been providing its internal security service, police career began with the call and ends with the fall of the institution and may be voluntary redundancy, for breach of the Act, for retirement. Within the police profession must fulfill its stated mission of the Constitution of the Republic of Ecuador, Article 173, which is to address public safety and public order, while police members are public servants, perceiving their remuneration State therefore have the same rights and obligations as any public servant, as such, must give their service to the community under the principles, efficiency, effectiveness, devolution, decentralization, coordination, participation, transparency; if not heeded the legal, administrative, subject to criminal or civil action which may arise from the same fact, be punished as indicated by the sanction of the National Administrative Law, Police constant on one side and Personal Law the other in the Rules of Discipline; such disciplinary sanctions, are in many cases unconstitutional, illegal, unlawful, violate basic standards of due process; among these, the right to defense, because a number of disciplinary sanctions are applied directly by the immediate superior sanctioned; while others are later issued an investigative report by the staff of Internal Affairs; within the probes, thus violating basic principles of a sanction or procedure: such as the notification of the initiation of the administrative investigation, the presumption of innocence, what is more, there is an oral hearing at which they can formulate and prosecute tests Based on the principle of contradiction; as well as to the sanction referred arrest is custodial, which undermines the right to freedom, not taken into account only by court order and issued by an Administrative Body of Judicial Justice, he could deprive freedom a human being; a fortiori, it is inconceivable that a police server deprives him of freedom under arrest applying, rules under Regulation Discipline; therefore, urgently needs to be reformed the regulation, which in effect is contrary to the constitutional standards; and that data from the August 7, 1998; prior to the effective date of our current Exceeds Standard; the reform proposed in this research work, having repealed the arrests, service charges, repression and called fascines being necessary; thus on one side will be allowed to rationalize the system of sanctions, so that rights are not violated or gendarmes their physical and moral integrity is affected; moreover the legal security and job stability is ensured, since the arrests leads to relapse and may be dismissed from the institution.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16780
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