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Título : Reforma a la ley contra la violencia a la mujer y la familia referente a la violencia intrafamiliar en el matrimonio o en la unión de hecho
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Chuncha Choco, Segundo Angel
Palabras clave : DERECHO
Fecha de publicación : 2014
Resumen : La Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia Nro. 103 es una norma especial de protección por violencia intrafamiliar, de defensa a la mujer y la familia, no obstante, la violencia contra los hombres por sus esposas o parejas también se da, pero en la mayoría de los casos no se denuncia por la cultura machista, y porque la mayoría de los varones plantea que la ley se creó para la mujer, y a él se le asigna el papel de agresor, por lo tanto, la mujer es protegida, y la que sufre violencia. Cuando una mujer es violenta con su cónyuge o pareja, no se asume necesariamente que ella es una mala madre. Si un hombre es violento hacia su mujer, se asume automáticamente que él es un mal padre. La ley presume que los niños siempre estarán mejor junto a su madre. Por lo tanto, la única opción para el varón es tolerar. La Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia, no indica una protección de género, para el caso que se susciten en infracciones familiares, la ley va dirigida exclusivamente a la mujer y la familia, esto constituye una discrecionalidad de difícil aplicación, ya que por un lado se protege a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y por otro lado se desprotege al varón infractor de la violencia intrafamiliar, por lo que la protección de un derecho, no debe constituir la desprotección de otro a la otra parte. Para concluir creo que al establecer al varón como agresor, es necesario que la presente Ley debe agregársele en su artículo 1, cuales son los miembros de la familia y que están sujetos a los mismos derechos y sanciones, con el fin de evitar la tentación de administrar la justicia respecto al género femenino, y no tener la administración de una justicia equitativa de las parejas.
Descripción : The Law on Violence against Women and Family No. 103es special protection standard for domestic violence defense to women and family, however, violence against men by their wives or partners also given, but in most cases not reported by the macho culture, and because most of the men argued that the law was created for the woman, and he is assigned the role of aggressor, therefore, women are protected, suffering and violence. When a woman is violent with your spouse or partner, do not necessarily assume that she is a bad mother. If a man is violent towards his wife, it is automatically assumed that he is a bad father. The law presumes that children are always better with her mother. Therefore, the only option for the male is tolerated. The Law on Violence against Women and the Family, does not indicate a gender protection, the case arising in family offenses, the law is aimed solely at women and family, this is a discretionary difficult to implement, and on the one hand to women victims of domestic violence and protecting the other hand the man is checked offender of domestic violence, so that the protection of a right, should not be the de protection of another to the other party. In conclusion I believe that by establishing the man as aggressor, it is necessary that this Act should be added in Article 1 which are members of the family and subject to the same rights and sanctions, in order to avoid the temptation to administer justice to the female gender, and not having the fair administration of justice of couples
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16208
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