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Título : Necesidad de establecer la imprescriptibilidad de la acción de paternidad señalada en el art. 257 de código civil
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
García Martínez, Ángel Eduardo
Palabras clave : DERECHO
Fecha de publicación : 2014
Resumen : El Art. 257 del Código Civil expresa que las acciones para investigar la paternidad o la maternidad no prescriben sino por el transcurso de diez años, que se contarán a partir de la mayoría de edad del hijo. Las normas que reglan la filiación y estado civil de las personas, son de contenido específicamente restrictivo y formal, de derecho público pero que no pueden aceptar flexibilidades y dispensas ya que miran a la individualidad de las personas y su ser como centro de dignidad y derechos. El Art. 66 numeral 28 de la Constitución de la República del Ecuador, garantiza el derecho a la identidad personal y colectiva, que incluye tener nombre y apellido, debidamente registrados y libremente escogidos; y conservar, desarrollar y fortalecer las características materiales e inmateriales de la identidad, tales como la nacionalidad, la procedencia familiar, las manifestaciones espirituales, culturales, religiosas, lingüísticas, políticas y sociales. Se garantiza el derecho a la identidad de las personas, pero cuando se señala que las acciones de paternidad y maternidad prescriben en diez años contados desde la mayoría de edad del hijo, se vulnera este derecho, que además existen métodos infalibles como es el examen de ADN que se puede comprobar en cualquier tiempo dicha paternidad, lo cual esta persona se encuentra desprotegida frente a los derechos constitucionales, se vean perjudicados en su derecho a la identidad, como es de conocer a sus padres legítimos
Descripción : The Article 257 of the Civil Code states that actions to investigate parenthood but do not prescribe the course of ten years, to be counted from the coming of age of the child. The rules that govern the relationship and marital status of persons are specifically restrictive and formal content, pure public law can not accept waivers and flexibilities and looking to the individuality of people and being at the center of dignity and rights. The Article 66 paragraph 28 of the Constitution of the Republic of Ecuador, guarantees the right to personal and collective identity, which includes having duly registered and freely chosen name; and conserve, develop and strengthen the tangible and intangible characteristics of identity, such as nationality, family background, spiritual manifestations, cultural, religious, linguistic, political and social. The right to identity of persons is guaranteed, but when he says that the actions of parenthood prescribe in ten years from the coming of age of the child, this right is violated, further foolproof methods exist such as the examination of DNA can be checked at any time that paternity, which this person is unprotected against constitutional rights being prejudiced in his right to identity, as is known to his rightful parents.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16185
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