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Título : El principio de celeridad establecido en el artículo 20 del código orgánico de la función judicial se contradice con la fase judicial de la tramitación de procesos en los tribunales de lo contencioso administrativo
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Quiguango Rivera, Luis Ramiro
Palabras clave : DERECHO
Fecha de publicación : 2015
Resumen : El nivel cultural de una nación se evalúa por la bondad y eficacia de sus Instituciones Jurídicas y de sus Leyes, ya que éstas son la reproducción del alma nacional y el mejor medio para conseguir en todos los niveles de la vida de los seres humanos, ya sea individual, familiar, social, cultural y moral. Sabiendo que la Ley, antes que ser vivida deben ser conocida, deseo contribuir con el presente trabajo que está centrado en los problemas sociales y los factores de tiempo, relativos al Tramite del Proceso en los Juicios Contencioso Administrativo. El sistema procesal ecuatoriano fundamentado en las disposiciones constitucionales, establece que es necesaria la agilidad de las causas para demostrar que hay eficiencia y eficacia en la administración de justicia. Proceso que debiera tener una duración no mayor de 60 días entre la calificación y la sentencia, pero que en la práctica no se cumple; de manera que es un problema de carácter jurídico y que involucran a usuarios, jueces, secretarios y ayudantes judiciales. A través de este trabajo de investigación, se pretende analizar la relación que se establece entre El Principio de Celeridad Procesal y su eficaz aplicación para garantizar el derecho a una protección Judicial Efectiva, tomando para ello la Constitución de la República. El Instrumento a utilizar es una matriz de análisis de contenido, necesaria para registrar, analizar y ordenar la diversidad de datos suministrados a través de la consulta evaluativa de diferentes textos y leyes, que permite disponer de manera esquemática la evolución del principio en estudio, así como los diferentes criterios de los autores, establecer constantes, similitudes entre los mismos y así llegar a determinar relaciones o contradicciones respecto al problema planteado. De los resultados obtenidos se verifica que el principio de celeridad procesal continuamente es vulnerado por los órganos de administración de justicia y las partes en el proceso. Se evidencia así mismo que el principio de celeridad es una herramienta que aplicada eficazmente y en el tiempo oportuno va a conducir a que los jueces, instrumenten cambios que rompan con paradigmas en el sistema judicial. En relación a los objetivos propuestos en la presente investigación, se desarrollan de manera organizada y sistemática, intentan explicar el fenómeno que constituye el principio de celeridad procesal, dentro de la vida de los justiciables, cuando éstos acuden al órgano jurisdiccional en busca de soluciones a sus controversias .que conducen a la creación de una norma individual destinado a regir un determinado aspecto de conducta. La justicia administrativa, como casi todos los organismos jurisdiccionales, vive hoy una aguda crisis por la prolongada duración de los procesos. Las causas de la lentitud extrema y exasperante de los litigios obedece a diversas concausas dentro de las que destaca, entre otras muchas, un proceso predominantemente escrito ,lento formalista, engorroso y burocrático. He creído conveniente que para hacer efectivo el principio de celeridad en el juicio Contencioso Administrativo, se deben plantear alternativas de carácter legal, que es la reforma del Art. 216 del Código Orgánico de la Función Judicial, con lo que se aspiraría la creación de Tribunales descentralizados en cada Provincia, así como la implementación de la oralidad en el Juicio Contencioso Administrativo.
Descripción : 2.1 ABSTRACT The cultural level of a nation is judged by the goodness and effectiveness of its legal institutions and their laws, since they are playing the national soul and the best way to get into all levels of the life of human beings, whether individual, family, social, cultural and moral. Knowing the law, rather than be lived to be known, want to contribute to this work focuses on social issues and time factors relating to Tramite Process in Administrative Litigation. The Ecuadorian judicial system based on constitutional provisions, states that the agility of the causes is necessary to demonstrate that there is efficiency and effectiveness in the administration of justice. Process should last no more than 60 days between qualifying and the sentence, but in practice not enforced; so that is a legal problem and involving users, judges, clerks and judicial assistants. Through this research work is to analyze the relationship established between Haste The Principle of Procedure and its effective implementation to guarantee the right to effective judicial protection, taking it to the Constitution of the Republic. The instrument used is an array of content analysis, necessary to record, analyze and manage the diversity of data supplied by the evaluative questions of different texts and laws that have allowed schematically the evolution of principle study and as different criteria of the authors establish constant similarities between them and reach to determine relationships or contradictions regarding the problem. Delos results verified that the principle of celerity is continually violated by the administrative justice and the parties in the process. It is likewise clear that the principle of speed is a tool that effectively applied at the right time will lead to judges, instrumented changes that break paradigms in the judicial system. In relation to the objectives in this research , are developed in an organized and systematic way, attempt to explain the phenomenon that is the principle of celerity , in the life of individuals , when they come to court seeking solutions to their disputes. leading to the creation of a single rule intended to govern a particular aspect of behavior. Administrative justice, like nearly all the courts and now lives an acute crisis for the long duration of the process. The causes of extreme and exasperating slowness of litigation due to various con causes within which highlights, among many others, a process written predominantly slow, formalistic, cumbersome and bureaucratic He believed desirable to implement the principle of speed in the Administrative judgment should suggest alternative legal basis, which is the reform of Article 216 of the Organic Code of the Judiciary , thereby creating aspire Courts decentralized in each province , as well as the implementation of orality in the Administrative Judgment.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15640
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