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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorVivanco Müller, Igor-
dc.contributor.authorVillavicencio Villavicencio, Jimena Alexandra-
dc.date.accessioned2016-08-02T19:19:14Z-
dc.date.available2016-08-02T19:19:14Z-
dc.date.issued2014-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15472-
dc.descriptionThe first part of Article 580 of the Labour Code states that if the defendant does not attend the preliminary hearing will be held as outright denial of the fundamentals of demand and proceed in absentia, a situation that will be considered for payment of costs court. Thus the absence of the defendant at this hearing produces three effects: outright refusal of the demand fundamentals, should continue the trial in absentia and also be condemned to pay the legal costs. Importantly, the absence of a party to a preliminary hearing will significantly subtract their possibilities for action, since during that especially the suit locks and taking evidence, facts of great significance is requested and can be instrumental in the litigation strategy that the parties must define in advance notwithstanding that, despite his absence, may request those tests run on the final hearing. The absence of the defendant at the preliminary hearing takes effect from outright refusal of the fundamentals of demand and the judge should sanction when establishing the legal costs, apart from declaring in default if the other party so accused. While the nonattendance of the actor should not be considered as withdrawal of the application, since the law does not provide expressly that purpose but I believe that should do well not to deter fraudulent claims or apparent misconduct arise. Thus the Labour Code sets no effect of absence of the plaintiff to a preliminary hearing, this gap accusing the Act should consider prescribing the parties must attend compulsorily to a preliminary hearing in person and accompanied by their lawyers: If the plaintiff fails to appear shall be deemed to have waived their claims and the process will be archived. This is a serious but very necessary in order to bring order to the judicial activity and prevent loss of time and employees judge accordingly. The withdrawal means the end of the process and the impossibility of being raised again, therefore, the right is lost. In this case it would be a unilateral conclusion of the process.es_ES
dc.description.abstractLa primera parte del Art. 580 del Código del Trabajo expresa que si no asiste el demandado a la audiencia preliminar se tendrá como negativa pura y simple de los fundamentos de la demanda y se procederá en rebeldía, situación que será considerada para el pago de costas judiciales. Por lo tanto la inasistencia del demandado a esta audiencia produce tres efectos: negativa pura y simple de los fundamentos de la demanda, debe proseguirse el juicio en rebeldía y, además, debe condenarse al pago de las costas judiciales. Es importante señalar que la inasistencia de una de las partes a la audiencia preliminar le resta considerablemente sus posibilidades de acción, puesto que durante aquella especialmente se traba la litis y se solicita la práctica de pruebas, hechos de enorme relevancia y que pueden resultar fundamentales en la estrategia procesal que las partes deben anticipadamente definir sin perjuicio de que, a pesar de su inasistencia, pueda solicitar aquellas pruebas que ejecute en la audiencia definitiva. La inasistencia del demandado a la audiencia preliminar surte efectos de negativa pura y simple de los fundamentos de la demanda y el juez debe sancionarla al momento de fijar las costas judiciales, aparte de declararlo en rebeldía si la contraparte así lo acusa. Mientras que la inasistencia del actor no debe ser considerado como desistimiento de la demanda, puesto que la ley no le otorga expresamente dicho efecto aunque estimo que así debería hacerlo para disuadir a que no se presenten demandas de manera fraudulenta o con evidente mala intención. Es así que el Código del Trabajo no establece ningún efecto de la inasistencia del accionante a la audiencia preliminar, este vacío que acusa la Ley, consideramos que debe prescribir de las partes deben concurrir, obligatoriamente, a la audiencia preliminar en forma personal y acompañadas de sus respectivos abogados: si el accionante no comparece se considerará que ha desistido de sus pretensiones y se archivará el proceso. Esta es una consecuencia grave pero muy necesaria a fin de poner orden en la actividad judicial y evitar la pérdida de tiempo del juez y de los empleados. El desistimiento implica el fin del proceso y la imposibilidad de ser planteado de nuevo; por lo tanto, se pierde el derecho. En este caso se trataría de un modo unilateral de conclusión del proceso.es_ES
dc.format.extent111 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleOrdenar en el código del trabajo el desistimiento de la demanda por la inasistencia en la audiencia preliminar por parte del actores_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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