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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorAguirre Valdivieso, Gonzalo Iván-
dc.contributor.authorSangoquiza Lasso, Tatiana Maritza-
dc.date.accessioned2016-08-02T18:54:15Z-
dc.date.available2016-08-02T18:54:15Z-
dc.date.issued2014-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15454-
dc.descriptionThe present research is based on legal principles and focuses on the establishment of measures to control the indiscriminate growth of human settlements in high risk areas within the metropolitan districts , amending article 469 of the Organic Code of Territorial Organization , Autonomy Decentralization and on the disposition of properties affected - . "Whoever alienates land or buildings affected by the land use plan must state that fact in the appropriate title transfer and also the commitments acquired with any municipality or metropolitan district”. The creation of ordinances adopted neighborhood social interest , has allowed the location of housing recognized as high mitigated and not mitigated risk sectors due to their physical locations , with the goal of creating a culture of planning in the tidying of these sectors metropolitan districts within its provisions have settled to maintain " dispose bans until the works culminate in these neighborhoods ," which has caused problems in the landholders and has engulfed the Districts in the same game , since not able to lift the bans, these districts cannot proceed with the expropriation of such properties that have been declared high risk cannot be mitigated and mitigated .es_ES
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación se fundamenta en principios legales y se centra en el establecimiento de medidas que permitan controlar el indiscriminado crecimiento de asentamientos humanos en zonas de alto riesgo dentro de los Distritos Metropolitanos, reformando el artículo 469 del Código orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización sobre la enajenación de predios afectados.- “El que enajenare terrenos o edificios afectados por el plan de ordenamiento territorial deberá hacer constar esta circunstancia en el correspondiente título de enajenación, así como los compromisos que hubiere adquirido con la municipalidad o distrito metropolitano”. La creación de ordenanzas de aprobación de barrios de interés social, ha permitido la ubicación de viviendas en sectores reconocidos como de alto riesgo mitigable y no mitigable debido a sus ubicaciones físicas, con la finalidad de generar la cultura de ordenamiento en el adecentamiento de estos sectores los Distritos Metropolitanos dentro de sus disposiciones han asentado la de mantener “prohibiciones de enajenar hasta que se culminen las obras en estos barrios”, lo que ha generado inconvenientes en los posesionarios y ha envuelto a los Distritos en su mismo juego, puesto que al no poder levantar las prohibiciones, estos distritos no pueden proceder con la expropiación de este tipo de inmuebles que han sido declarados de alto riesgo mitigable y no mitigable.es_ES
dc.format.extent95 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleReforma al articulo 469 del Código Orgánico de organización territorial, autonomía y descentralización sobre el levantamiento de las prohibiciones de enajenar en los distritos metropolitanos por obras de urbanización en zonas en riesgoes_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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