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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/14860
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Rengel Maldonado, Paz Piedad | - |
dc.contributor.author | Castro Sandoval, Shuber Vicente | - |
dc.date.accessioned | 2016-07-21T16:21:00Z | - |
dc.date.available | 2016-07-21T16:21:00Z | - |
dc.date.issued | 2014 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/14860 | - |
dc.description | One of the guarantees under the Constitution of the Republic of Ecuador is recognized to all people is the right to challenge, ie to object-founded to decisions, orders or judgments that are contrary way to their legitimate rights and interests. Consistent with this and recognizing the importance of the right of challenge, there are rules to make it effective in the field of corporate law, which are provided for in the Companies Act, which recognized as a guarantee of the partners, the ability to challenge those agreements social dispatched against the law, the bylaws or the corporate interest of the company, however exist in the regulation of the challenge in the Ecuadorian corporate law, is limited by some legal setbacks that threaten their proper exercise and consequently rights of the partners. The problem at hand is evident that the provisions of Articles 215 and 249 of the Companies Act, contain limitations on the right of appeal, noting that for exercising the existence of a number of shareholders representing at least requires twenty-five percent of the capital, so if this percentage is not reached, the partners concerned are left without the opportunity to exercise the right of challenge. Furthermore Article 249 of the Act in question, there is another limitation in the sense that the possibility of challenging social arrangements that do not meet the legal circumstances is not established, and the effect on the interests of one or more of the minority shareholders. Similarly in the Companies Act, there are no rules that serve to prevent the right of appeal is exercised in order to hinder the normal development of the activities of the company, being necessary to incorporate provisions in this regard requiring partners to pay a deposit to ensure the repair of damages to the company, if the challenged action has no legal basis. All problem situations reported in the lines above, are addressed in this research titled: "THE RIGHT TO CHALLENGE OF MAKING UP A MINORITY PARTNERS AGAINST DECISIONS OF THE GENERAL MEETING OF SHAREHOLDERS". The work is supported by a broad theoretical base that meets conceptual, doctrinal and legal elements and results of the field research, which serve to support the approach of the proposed amendment to the Companies Act, which is presented in part endpoint. | es_ES |
dc.description.abstract | Una de las garantías que de acuerdo con la Constitución de la República del Ecuador, se reconoce a todas las personas es el derecho a la impugnación, es decir a oponerse de manera fundamentada a aquellas decisiones, fallos o resoluciones que sean contrarios a sus legítimos derechos e intereses. En concordancia con esto y reconociendo la importancia del derecho de impugnación, existen normas para hacerlo efectivo en el ámbito del derecho societario, las cuales están previstas en la Ley de Compañías, que reconocen como una garantía de los socios, el poder impugnar todos aquellos acuerdos sociales que se expidan contra la Ley, los estatutos o el interés social de la compañía, sin embargo existen en la regulación de la impugnación en el derecho societario ecuatoriano, se encuentra limitado por algunas falencias jurídicas, que ponen en riesgo su adecuado ejercicio y consecuentemente los derechos de los socios. El problema en cuestión se hace evidente porque los preceptos de los artículos 215 y 249 de la Ley de Compañías, contienen limitaciones al derecho de impugnación, al señalar que para su ejercicio se requiere la existencia de un número de socios que representen por lo menos el veinticinco por ciento del capital social, por lo que si no se alcanza este porcentaje, los socios afectados quedan sin la posibilidad de ejercer el derecho de impugnación. Por otro lado en el artículo 249 de la Ley en cuestión, existe otra limitación en el sentido de que no se establece la posibilidad de impugnar acuerdos sociales que no se ajustan a las circunstancias legales, y la afectación de los intereses de uno o más de los socios o accionistas minoritarios. De igual forma en la Ley de Compañías, no existen normas que sirvan para evitar que el derecho de impugnación se ejerza con la finalidad de entorpecer el normal desarrollo de las actividades de la compañía, siendo necesario en ese sentido incorporar preceptos que obliguen a los socios a rendir una fianza que asegure la reparación de daños y perjuicios a la compañía, en caso de que la acción de impugnación no tenga un sustento legal. Todas las situaciones problemáticas relatadas en las líneas que anteceden, se abordan en este trabajo de investigación que se titula: “EL DERECHO DE IMPUGNACIÓN DE LOS SOCIOS QUE INTEGRAN UNA MINORÍA FRENTE A LAS DECISIONES DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS”. El trabajo está sustentado en una amplia base teórica que reúne elementos conceptuales, doctrinarios y jurídicos y en resultados de la investigación de campo, los cuales sirven para fundamentar el planteamiento de la propuesta de reforma a la Ley de Compañías, que se presenta en la parte final del estudio. | es_ES |
dc.format.extent | 168 p. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | El derecho de impugnación de los socios que integran una minoría frente a las decisiones de la junta general de accionistas | es_ES |
dc.type | bachelorThesis | es_ES |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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