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Título : Necesidad de reformar el artículo 226 del código civil, incorporando un literal que garantice el principio superior del niño al momento de dar por terminado la unión de hecho
Autor : Aguirre Valdivieso, Renato
Yanza Infante, Vanessa Estefania
Palabras clave : DERECHO
REFORMAR
ARTÍCULO 226 DEL CÓDIGO CIVIL
Fecha de publicación : 2015
Resumen : En la Constitución del año 2008 se ratificó la unión de hecho en su artículo 68 dice “La Unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y las condiciones y circunstancias que señale la ley generaran los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio”1. Considero que todavía existen vacíos jurídicos con respecto a este tema, sobre la terminación de la unión de hecho, por cuanto está causando graves daños y perjuicios a las parejas que han decidido unir sus vidas mediante esta figura jurídica de la unión de hecho y que luego de haber convivido algún tiempo, una de las dos personas deciden voluntariamente poner fin a esta relación, dejando a su conviviente e hijos menores de edad en el total desamparo, causando graves daños económicos, psicológicos y sociales; por lo tanto esta problemática debe ser considerada en varios análisis jurídicos y de esta manera poder plantear alternativas de solución que permitan garantizar que se respete el principio superior del niño al momento que se dé por terminada la unión de hecho. Por lo anteriormente expuesto, me veo en la imperiosa necesidad de conceptualizar, enmarcar, describir y analizar este fenómeno de transcendental importancia, dentro de los diversos aspectos y contextos, con la finalidad de evaluar objetivamente los recursos con los que se cuentan y de esta manera 1 Corporación de Estudios y Publicaciones, Constitución Política de la República del Ecuador, Art. 68, Pag. 24 presentar una propuesta jurídica concreta que permita subsanar las deficiencias que se pudiesen encontrar en el presente Código en estudio con relación a la terminación de la unión de hecho en el Ecuador.
Descripción : The Constitution of 2008 the union in Article 68 states "The stable and monogamous union between two people free of marriage to form a de facto household for the period and the conditions and circumstances that the law was ratified generate the same rights and obligations as those of families constituted through marriage. " I think there are still legal loopholes regarding this issue, upon completion of the union, because it is causing serious damages to couples who have decided to unite their lives through this legal union of fact and then having lived some time, one of the two people decide to voluntarily end this relationship, leaving his partner and children under age of total helplessness, causing serious economic, psychological and social damage; therefore this issue should be considered in several legal analysis and thus able to suggest alternative solutions to guarantee that the higher principle of the child when it is terminated law marriage is respected. For the foregoing reasons, I am in dire need of conceptualizing, framing, describe and analyze this phenomenon of transcendental importance within the various aspects and contexts, in order to objectively evaluate the resources that are counted and thus present a concrete proposal to allow legal remedy deficiencies that could be found in the present study Code regarding the termination of the union in Ecuador.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/14365
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