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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorRodríguez, Carlos Manuel-
dc.contributor.authorLara Mina, Mayra Geovanna-
dc.date.accessioned2016-06-10T16:08:54Z-
dc.date.available2016-06-10T16:08:54Z-
dc.date.issued2015-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/13798-
dc.descriptionThe second clause of the Constitution of the Republic of Ecuador, allows creation tax, saying the tax policy promote redistribution and boost employment, production of goods and services, and environmental, social and economic behaviors responsible. With this arrangement meet extra taxes for tax purposes, but this does not mean they lose their collecting nature, but also to raise taxes and fulfill other purposes boost employment, production of goods and services, and environmental, social and economic behaviors responsible. Article 13 of the Law on Environmental Development and State Revenue Optimization, then add the Title III of the Internal Tax Regime Law, corresponding to "Special Consumption Tax" title, in the first chapter sets the tax environmental to vehicular pollution, whose taxable object, taxing pollution of the environment caused by the use of motorized land transport, being an indispensable duty for reducing vehicular pollution. But the fact is that the tax base of this tax is having the engine cylinder capacity of the respective vehicle in cubic centimeters, which is multiplied rates, which from 1 to 1500 cc pay no tax, to pay 1501-2000 0.08, for 2001-2500 pays 0.09 cc, of 2501-3000 pay 0.11, for 3001-3500 pays 0.12 cc, 3501-4000 cc of 0.12 and pays over 4000 cc pay 0.35 To this shows that vehicles less cylinder capacity not pay this tax, which consider whether to pay, because the occasion for this tax is the payment for environmental pollution by the use of fuel, which does not reduce pollution vehicle. With this premise requires that a tax on all vehicles is imposed, otherwise pay lower cylinder capacity does not diminish pollution, as they are producing more pollution, thereby seeking an ecological conduct to reduce pollution environmental taxes should go to remedy the damages that are caused, in this case, CO2 emissions to the environment. These taxes do not address the type of cylinder capacity , but the excessive fuel consumption , for example in a car 1300 cc , which is not required to pay taxes, it uses four hours a day , 365 days a year , ie, 1400 hours of travel per year. While the 3000 cc vehicle is required to pay that tax, you use the weekend for a time of four hours that is 208 hours of travel per year. In if you consume is the one with the lower cylinder capacity. What is clear that the tax on CO2 emissions is considered payment to all types of vehicle, constituting a tax on CO2 gas emissions, not to equity by owning a vehicle of a given feature. Taking into account the ecological behavior that allows the Constitution , as tax policy needs to tax all vehicles is established, because the emission of CO2 gases, produce all kinds of vehicle combustion engine.es_ES
dc.description.abstractEl inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador, permite la creación impuestos, señalando que la política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables. Con esta disposición los tributos cumplen una finalidad extra fiscal, pero ello no significa que pierdan su naturaleza recaudadora, sino que además de recaudar tributos cumplen otros fines como estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables. El Art. 13 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización Ingresos del Estado, agrega a continuación del Título Tercero de la Ley de Régimen Tributario Interno, el Título correspondiente a “Impuestos a los Consumos Especiales”, en el primer capítulo se establece el impuesto ambiental a la contaminación vehicular, que tienen como objeto imponible, gravar la contaminación del ambiente producida por el uso de vehículos motorizados de transporte terrestre, siendo un impuesto indispensable para la disminución de la contaminación vehicular. Pero es el caso que la base imponible de este impuesto corresponde al cilindraje que tiene el motor del respectivo vehículo en centímetros cúbicos, a la que se le multiplicará las tarifas, que de 1 a 1500 cc no paga impuesto; de 1501 a 2000 paga el 0.08; de 2001 a 2500 cc paga el 0.09; de 2501 a 3000 paga el 0.11; de 3001 a 3500 cc paga el 0.12; de 3501 a 4000 cc paga el 0.12 y más de 4000 cc paga el 0.35 A lo anterior se observa que los vehículos de menor cilindraje no pagan este impuesto, lo cual considero que si deben pagarlo, porque el hecho generador de este impuesto es el pago por la contaminación ambiental por el uso del combustible, lo cual no disminuye la contaminación vehicular. Con esta premisa es necesario que se imponga un impuesto a todos vehículos, porque si no pagar los de menor cilindraje, no disminuye la contaminación, ya que son los que producen mayor contaminación, buscando con ello, una conducta ecológica que permita la reducción de contaminación del medio ambiente, impuestos que deben ir para remediar los daños que se ocasionan, en este caso, por emisiones de CO2 al medio ambiente. Estos impuestos no se dirigen al tipo de cilindraje, sino al consumo excesivo de combustible, por ejemplo en un carro de 1300 cc, que no esté obligado a pagar impuestos, lo usa cuatro horas diarias, los 365 días del año; esto es, 1400 horas de recorrido al año. Mientras un vehículo del 3000 cc que se obligue a pagar impuesto, lo usa los fines de semana por un tiempo de cuatro horas; es decir 208 horas de recorrido al año. En si el que consume más es el que tiene el menor cilindraje. Lo que queda claro que el impuesto a las emisiones de CO2 se considere el pago a todo tipo de vehículo, constituyendo un impuesto a la emisión de gases de CO2, y no al patrimonio por ser dueño de un vehículo de una determinada característica. Tomando en cuenta las conductas ecológicas que permite la Constitución, en su política tributaria en necesario que se establezca el impuesto a todo tipo de vehículo, porque la emisión de gases CO2, la producen todo tipo de vehículo de combustión a motor.es_ES
dc.format.extent105 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectFOMENTO AMBIENTALes_ES
dc.subjectIMPUESTO VEHICULARes_ES
dc.subjectBASE IMPONIBLEes_ES
dc.titleNecesidad de reformar el art. 13 de la Ley de Fomento Ambiental, en relación a la base imponible del impuesto para los vehículos de cilindraje de 1 a 1500cces_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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