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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/13378
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | León Ojeda, María Antonieta | - |
dc.contributor.author | Moncada Soto, Nelly Mercedes | - |
dc.date.accessioned | 2016-05-30T21:10:19Z | - |
dc.date.available | 2016-05-30T21:10:19Z | - |
dc.date.issued | 2014 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/13378 | - |
dc.description | The Labour Code has regulated the craft, just as regulating contracts can celebrase both with a contractor, who is the person that handles the execution of a particular work to an artisan, as contracts with workers and apprentices craftsman, which are mainly labor contracts. What we can determine is born an employment relationship, which brings some consequences or obligations for each of the contracting parties, for example, the worker is required to pay their legal and personal services, and the employer's obligation to pay the agreed remuneration in the contract can not be less than the basic set, it also has the obligation to pay the additional remuneration provided for in the Labour Code. Any compensation or additional stipends to which I refer are the thirteenth and fourteenth salaries, which are to be paid, the employer to the employee, however in Article 115 of the Labour Code, is set exclusion to pay these additional remuneration apprentices and workers craftsman, who by their status as workers, and according to the constitutional principles that provide for the protection of the living wage for workers for equal work and equal pay rightful, should not be discriminated by the same Act Thus. In agreement with these constitutional provisions that protect labor, living wage that meets the needs of the worker and his family, is necessary and 5 essential to perform a legal reform of the Labour Code, tending to include the right to receive remuneration additional apprentices and operators craftsman. The reform is aimed at artisans recognize the work performed by the workers and apprentices paying them in a dignified manner, his salary meets the basic needs of these workers, as they have the same rights as other workers as determined by the Constitution: equal rights and opportunities for all citizens of Ecuador country. | es_ES |
dc.description.abstract | El Código del Trabajo ha normado la actividad artesanal, de igual manera que regula los contratos que pueden celebrase tanto con un contratista, que es la persona que encarga la ejecución de una obra determinada a un artesano, como también los contratos de operarios y aprendices con el artesano, que son fundamentalmente contratos laborales. Lo que podemos determinar nace una relación laboral, que trae algunas consecuencias u obligaciones para cada una de las partes contractuales, como por ejemplo, el trabajador tiene la obligación de prestar sus servicios lícitos y personales, y el empleador la obligación de pagar la remuneración pactada en el contrato que no puede ser inferior a la básica establecida, también tiene la obligación de pagar las remuneraciones adicionales establecidas en el Código del Trabajo. Las remuneraciones o estipendios adicionales a las que me refiero son la decimotercera y decimocuarta remuneraciones, que son de pago obligatorio del empleador al trabajador, sin embargo en el artículo 115 del Código del Trabajo, se encuentra establecida la exclusión al pago de estas remuneraciones adicionales a los aprendices y operarios de artesano, quienes por su condición de trabajadores, y de acuerdo a los principios constitucionales que establecen la protección del salario digno para los trabajadores y que a igual trabajo le corresponde igual remuneración, no deberían ser discriminados por la misma Ley de esta manera. De convenio a estas disposiciones constitucionales, que amparan el trabajo, el salario digno que cubra las necesidades del trabajador y las de su familia, es necesario e imprescindible realizar una reforma legal al Código del Trabajo, tendiente a incluir en el derecho a percibir las remuneraciones adicionales a los aprendices y operarios de artesano. La reforma está encaminada a que los artesanos reconozcan la labor ejecutada por los operarios y aprendices remunerándolos de una manera digna, que su salario cubra las necesidades básicas de estos trabajadores, ya que tienen iguales derechos que los otros trabajadores conforme lo determina la Constitución: la igualdad de derechos y oportunidades para todos los ciudadanos ecuatorianos de país. | es_ES |
dc.format.extent | 163 p. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.subject | DERECHO | es_ES |
dc.subject | CÓDIGO DEL TRABAJO | es_ES |
dc.subject | DERECHO LABORAL | es_ES |
dc.title | Necesidad de reformar el art. 115 del código del trabajo, que vulnera el derecho laboral de los aprendices y operarios a la décima tercera y décimo cuarta remuneración en la terminación de su relación contractual propuesta jurídica | es_ES |
dc.type | bachelorThesis | es_ES |
Aparece en las colecciones: | UED |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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tesis NELLY MONCADA.pdf | 1,74 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
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