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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorRengel Ruiz, Melanio Anival-
dc.contributor.authorCisneros Jaramillo, Luis Hernán-
dc.date.accessioned2016-05-26T17:48:59Z-
dc.date.available2016-05-26T17:48:59Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/13273-
dc.descriptionEl entitled corporate is very essential for those who are linked to the economic and business sector) is what you intend to deal with the analysis of the prohibitions in paragraph (b) of article 26 of the General Regulation of the Cooperatives Act which obstructs the procedure for the establishment of a housing cooperative which is contradictory to what sets our Constitution in its article 66 paragraph 13; on the other hand said paragraph (b), is at odds with what says the Constitution in paragraph 4 of the art.70 "Right to formal equality, material equality and non-discrimination" obviously also concerning the Civil Code articles 1488 and 1489 manifest behavior "every person is legally able to, except where the Act declares incapable.", as well see that this provision this alleged that establishes the Constitution of the Republic in its literal art.70 13, that manifest married women not separated or excluded goods require authorization from her husband to join housing cooperatives, agricultural or gardens, and in general, those that acquire real property. " I indicate our Ecuadorian legislation entails a serious drawbacks that obstruct the development of the society, that all people need legal certainty. For this reason the housing cooperatives have become a figure of transcendental importance in the Ecuadorian legal work.(Immerse in this problem and with the fundamental support of the Universidad Nacional de Loja; I've believed necessary to study, analyze and propose a legal reform project to the regulation General of the law of cooperatives, specifically paragraph (b)) of article 17, suffer profound gaps and drawbacks legal.es_ES
dc.description.abstractEl Derecho Societario es muy imprescindible para quienes se hallan vinculados con el sector económico y empresarial, es por lo que pretendo abordar el análisis de la prohibición contenida en el último párrafo del Art.26 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Popular Solidario. En cuanto a la prohibición que no permite que los cónyuges o personas que mantienen unión de hecho puedan pertenecer a una misma cooperativa de vivienda. Lo cual es contradictorio a lo que establece nuestra Constitución de la República en su artículo 66 numeral 13; por otro lado dicho literal b, se contradice con lo que señala la Constitución de la República en el numeral 4 del Art.66 “Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación” obviamente también referente a la conducta el Código Civil en sus artículos 1488 y 1489 manifiesta “Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.”, así vemos que esta disposición esta inobservado lo que establece la constitución de la República en su Art.66 literal 13, ya que manifiesta “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria Debo indicar que nuestra legislación ecuatoriana acarrea una seria de inconvenientes que obstruyen al desarrollo de la sociedad, ya que todas las personas necesitan seguridad jurídica. Por esta razón las cooperativas de viviendas se han convertido en una figura de trascendental importancia en el quehacer jurídico ecuatoriano. Inmerso en esta problemática y contando con el apoyo fundamental de la Universidad Nacional de Loja; he creído necesario estudiar, analizar y proponer un proyecto jurídico reformatorio a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Popular Solidario por adolecer de profundos vacíos e inconvenientes jurídicos.es_ES
dc.format.extent159 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherLojaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectNECESIDAD DE REFORMAR EL ART. 26 DE LA LEY ORGÁNICAes_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIOes_ES
dc.subjectPROHIBICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ENTRE CONYUGUES PARA CONFORMAR UNA MISMA COOPERATIVA DE VIVIENDAes_ES
dc.titleNecesidad de Reformar el Art. 26 de la “Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, en lo referente a la prohibición de la asociación entre conyugues para conformar una misma Cooperativa de Vivienda.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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