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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDr. Mario Chacha.en_US
dc.contributor.authorGUAMÁN GUALPA, ERWIN VICENTE-
dc.date.accessioned2013-08-16T00:00:00Z-
dc.date.available2013-08-16T00:00:00Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1312-
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación jurídica, intitulado “EN LOS DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA SE DEBE TIPIFICAR Y PENALIZAR LA GESTION EN COMERCIO DE MEDICAMENTOS O MERCADERIAS COMPROMETIDAS A LA SALUD HUMANA”, aborda un problema de actualidad, de carácter jurídico, como es el comercio de ilegal de medicamentos y mercaderías peligrosas para la salud pública, ya que dichas conductas pese a su peligrosidad no han sido catalogadas como delitos en el Código Penal Ecuatoriano, lo que ha incrementado este comercio ilegítimo, y su autores, fabricantes, expendedores, no reciben ninguna sanción y sus conductas quedan en la impunidad, generando inseguridad para los usuarios, e inseguridad jurídica en general. El tratamiento del presente problema, se justifica desde el ámbito socio jurídico, jurídico porque al existir insuficiencia jurídica en el Código Penal y en el Código de la Salud, se ha realizado una análisis de estas legislaciones para determinar en donde se han detectado los vacíos legales, y los efectos que produce la comercialización a veces clandestina e ilícita de mercaderías como perfumes, cosméticos, desodorantes, jabones, útiles de higiene, ropa íntima, así como medicamentos que contienen sustancias peligrosas para la salud humana, que han sido falsificadas o adulteradas, con conocimiento del mal que se va causar a quien los consume, conductas dolosas que deben ser sancionadas, sin conocimiento, por negligencia, imprudencia o impericia, lo que los torna potencialmente peligrosos. Existen una serie de conductas que se relacionan íntimamente con el tema que se ha desarrollado; como son: tráfico de medicamentos peligrosos para la salud; propagación de enfermedad, suministro infiel de medicamentos, ejercicio ilegal de la medicina, charlatanismo, contagio venéreo, falsificación en cuanto a la calidad, cantidad de sustancias médicas o alimenticias. Por las razones anotadas es que se hace necesario que se proceda a la reforma del Código Penal, que tipifique y sancione estas conductas, y por otro lado, que el Código de la Salud, incorpore disposiciones a su normatividad, el control del expendio de estos productos que entrañan peligro para la salud pública, y por otra lado, se sancione a aquellas personas que ejerzan este comercio ilícito.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleEN LOS DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA SE DEBE TIPIFICAR Y PENALIZAR LA GESTIÓN EN COMERCIO DE MEDICAMENTOS O MERCADERÍAS COMPROMETIDAS PARA LA SALUD HUMANA.en_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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