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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1277
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Dr. Luís Orlando Ortega Herrera. | en_US |
dc.contributor.author | GUAMÁN CEVALLOS, AMADA BEATRIZ | - |
dc.date.accessioned | 2013-08-15T15:54:56Z | - |
dc.date.available | 2013-08-15T15:54:56Z | - |
dc.date.issued | 2011 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1277 | - |
dc.description.abstract | El presente trabajo investigativo demuestra que el estudiante de la Universidad Nacional de Loja, debe estar comprometida con los más altos ideales de justicia y equidad, en beneficio colectivo; y, a su vez, plantear alternativas de solución; en lo relacionado al problema de estudio, específicamente a las sanciones que estipula la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, en su artículo 22 considerando que el valor que se establece por los tipos de violencia física, psicológica o sexual es irrisorio, por lo que no satisface las exigencias reales de salud y de bienestar, que sean causadas a la victima por la agresión y por ende a su familia, siendo necesario que esta Ley sea actualizada debido a la convertibilidad monetaria que ha sufrido nuestro país desde el año dos mil uno hasta el presente año dos mil once. El Estado es la entidad encargada de brindar protección y seguridad, todo esto mediante programas de prevención, sanción y erradicación de la violencia, para tratar de frenar estos tipos de abusos que afectan a las familias ecuatorianas, especialmente a la mujer, hijos y sociedad en general. La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 66 señala que se reconoce y se garantiza a las personas la integridad física, psicológica y moral, además se le garantiza una vida libre de violencia en los ámbitos público y privado especialmente a las ejercidas contra las mujeres.La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer «Convención de Belem Do Pará», afirma que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, limitando de manera total o parcial a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos y libertades, se preocupa porque la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones desiguales existente entre mujeres y hombres, además trasciende hacia todos los sectores de la sociedad independientemente de la clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión, la eliminación de la violencia en la sociedad es una condición indispensable para el desarrollo individual y social de la mujer, así garantizar los derechos y eliminar situaciones de violencia física, psicológica o sexual que afecten al núcleo familiar. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | REFORMAS A LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER Y LA FAMILIA, REFERENTE A ESTABLECER UN RÉGIMEN DE PROGRESIVIDAD PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, DEPENDIENDO DEL TIPO DE AGRESIÓN. | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | Biblioteca FJSA |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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