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dc.contributor.advisorDr. Edgar Ledesma Jaramillo, Mg. Sc.en_US
dc.contributor.authorGUAMÁN QUIROLA, SONIA MARÍA-
dc.date.accessioned2013-08-15T15:45:14Z-
dc.date.available2013-08-15T15:45:14Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1273-
dc.description.abstractLa presente investigación se refiere a la compleja problemática jurídica que se genera por cuanto se ocasiona una evidente desprotección jurídica de los derechos fundamentales de las mujeres de entre doce y catorce años, y de los derechos que les corresponden en razón de ser un grupo de atención prioritaria reconocido en el Art. 35 de la Constitución de la República del Ecuador, en cuanto mientras el Art. 512, numeral 1, del Código Penal tipifica que comete el delito de violación ipso iure todo el que mantenga relación carnal con personas menores de catorce años, en cambio, los Arts. 83 y 95 del Código Civil, reconocen la validez del matrimonio contraído por mujeres de entre doce y catorce años, siempre que cuenten con la debida autorización de sus padres o representantes legales, lo que desdice del deber de protección de los derechos de las adolescentes que asume el Estado, cuando en el Art. 44 de la Constitución de la República, claramente reconoce como garantía fundamental el derecho al desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de la personalidad, cuestión que creemos quedaría truncada en las adolescentes de entre doce a catorce años que contraigan matrimonio, resultando además dicho acto repudiable en razón de que las niñas a esta edad, y según se observa claramente en la realidad ecuatoriana, no tienen la debida madurez física ni psicológica para iniciar la vida sexual activa que necesariamente implica el matrimonio, razón por la cual precisamente se criminaliza toda práctica sexual con personas menores de catorce años; por lo que, se ha realizado un profundo estudio de carácter conceptual, doctrinario y jurídico con respecto a esta problemática de investigación, determinando resultados concretos que se orienten hacia la construcción de lineamientos propositivos que permitan la reforma del Código Civil, de manera que bajo ningún concepto se acepte el matrimonio de personas en edades inferiores a catorce años.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleINSEGURIDAD JURÍDICA DE LAS ADOLESCENTES DE ENTRE DOCE Y CATORCE AÑOS EN LA LEGISLACIÓN CIVIL QUE REGULA EL MATRIMONIO.en_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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