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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorJARAMILLO VILLAMAGUA, JORGE-
dc.contributor.authorMERINO CONDE, VERONICA-
dc.date.accessioned2016-04-26T15:11:52Z-
dc.date.available2016-04-26T15:11:52Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/11271-
dc.descriptionIn modern societies, children and adolescents deserve special attention in recognition to the principle of best interests of their disadvantaged status in hostile social media as seen today. However, the higher score in any way imply ignoring the interests of other components, as the child's needs must be balanced against the needs of all people within a logic of integration. The question is the primacy of the rights of children in its confrontation with other rights that might impair or detract from, or in respect of rules or provisions that may result from such a situation. This is imposed on the ordinary courts the obligation to apply the principle of best interests, trying to determine clearly the extent of the rights of children and adolescents, priority, and the limits they have in case of conflict with rights others, and the legal means for providing adequate protection. In this sense, the laws that should guarantee the balance between the principle that the interests of the child or adolescent, and the rights of others, however, the Code of Children and Adolescents suffering from empty violate such rights as the right to reimbursement of expenses incurred by demand for food, when the result of DNA tests rule out fatherhood. 5 This loophole undermines the principles of contradiction and right to defense, as in the legal body described above there are no legal mechanisms, preemptive rights of children and adolescents, but without undermining the rights of the defendant for food, who would attend their right to reimbursement of expenses incurred by the practice of DNA testing, when they dismiss the paternity. It should also indicate that food processors are the most common and frequent in the administration of justice throughout the country, so this social problem deserves urgent solution.es_ES
dc.description.abstractEn las sociedades modernas, los niños, niñas y adolescentes merecen atención especial en mérito al principio de interés superior, por su condición de desventaja en medios sociales hostiles como los que se observa en la actualidad. Sin embargo, la calificación de superior en modo alguno implica desconocer los intereses de los otros componentes, pues los requerimientos del niño deben armonizarse con las necesidades de todas las personas, dentro de una lógica de integración .Se trata de determinar la preeminencia de los derechos de la infancia en su confrontación con otros derechos que pudieran menoscabarlo o desvirtuarlo, o respecto de normas o disposiciones de las que pueda resultar tal situación. Con ello, se impone a los órganos jurisdiccionales ordinarios la obligación de aplicar el principio de interés superior, intentando determinar con claridad el alcance de los derechos de los niños y adolescentes, la prioridad y los límites que ellos tienen en caso de conflicto con derechos de otras personas, y los medios jurídicos para darles la adecuada protección. En este sentido, son las leyes las que deben garantizar dicho equilibrio entre el principio de interés superior del niño, niña o adolescente, y los derechos de las 3 demás personas; no obstante, el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia padece de vacíos que vulneran derechos tales como el derecho de reembolso de los gastos sufragados por el demandando. Por alimentos, cuando el resultado de las pruebas de ADN descarta su paternidad, además no se estipula en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia la posibilidad que el demandado ejercite el derecho a la correspondiente acción por daños y perjuicios a la que tiene derecho por el daño causado a su imagen y a su patrimonio personal. Este vacío legal vulnera los principios de contradicción y de derecho a la defensa, pues dentro del cuerpo legal anteriormente descrito no existen los mecanismos legales que permitan, precautelar los derechos del niño, niña y adolescente, pero sin menoscabar los derechos del demandado por alimentos, a quien le asiste su derecho la demanda de alimentos ha sido infundada. Se debe indicar además, que los procesos de alimentos son los más comunes y frecuentes dentro de la Administración de Justicia de todo el país, por lo que este problema de carácter social amerita una urgente soluciónes_ES
dc.format.extent101 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherLoja, 26 de abriles_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHOes_ES
dc.subjectCÓDIGO DE LA NIÑÉZes_ES
dc.subjectJUICIO DE ALIMENTOSes_ES
dc.subjectINDEMNIZACIÓNes_ES
dc.titleIMPLEMENTESE EN EL CODIGO ORGANICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA LA FIGURA DE INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS PARA EL O LA DEMANDADA EN EL JUICIO DE ALIMENTOS CUANDO LA DEMANDA HAYA SIDO INFUNDADAes_ES
dc.typebachelorThesises_ES
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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