Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/10428
Título : | INCONGRUENCIA EN EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD PARA TIPIFICAR Y SANCIONAR LOS DELITOS DERIVADOS DE LOS ILÍCITOS EN LA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS |
Autor : | Riofrío Mora, José Arévalo Quizhpe., Walter Xavier |
Palabras clave : | DERECHO INCONGRUENCIA DELITOS MERCANCÍAS |
Fecha de publicación : | 2016 |
Editorial : | Loja 13 de abril |
Resumen : | El presente trabajo investigativo lo hemos desarrollado en el ámbito jurídico del derecho público, específicamente en las falencias que existen en el Código Orgánico Integral Penal, en lo referente a la tipificación y sanción de los delitos que se derivan de la obligación tributaria aduanera. En los delitos aduaneros existe la apropiación indebida de la obligación tributaria, produciéndose como consecuencia la evasión que se convierte en delito aduanero tipificado y sancionado en el Código Orgánico Integral Penal. El cometimiento de estos delitos afecta al erario nacional, principalmente cuando al tipificar y sancionar los delitos de la aduana se contraviene el principio de proporcionalidad previsto en la Constitución, al señalarse penas muy benignas frente al daño causado. De tal forma, que existen incongruencia en el principio constitucional de proporcionalidad para tipificar y sancionar los delitos derivados de los ilícitos en la importación o exportación de mercancías; por consecuencia, esto causa perjuicio económico al país cuando se produce la evasión de la obligación tributaria. Por lo que, es necesario establecer penas y sanciones de mayor rigurosidad para los delitos aduaneros previstos en el Código Orgánico Integral Penal, puesto que se han regulado penas y sanciones muy reducidas frente a estas conductas, lo cual contraviene el principio de proporcionalidad establecido en la Constitución. Al hacer referencia a las sanciones y penas establecidas para los delitos aduaneros, nos permitimos manifestar que consideramos insuficientes, puesto que con el cometimiento de los ilícitos se perjudica social, financiera y económicamente al país; por tal razón, deberían agravarse las penas para estos delitos con el objeto de lograr una mejor realización de la justicia y frenar el contrabando y defraudación. Nuestra Constitución como principio de aplicación inmediata, establece como uno los fines primordiales del Estado, la realización de la justicia en armonía con el buen vivir de todos los ecuatorianos; en tal sentido, se debe precisar de mejor manera el sentido objetivo de la Ley, para lograr de manera eficaz la consecución de sus fines. En tal virtud, la presente investigación busca hacer efectivo el principio de proporcionalidad, prescrito en la Constitución respecto de la tipificación y sanción de los delitos aduaneros previstos en el Código Orgánico Integral Penal; puesto que, existe benignidad en el establecimiento de dichas sanciones. |
Descripción : | This research work, we have developed in the legal field of public law, specifically on the shortcomings that exist in the Criminal Code of Integral, concerning the criminalization and punishment of crimes arising from the customs tax liability. In customs offenses there misappropriation of tax liability, the evasion occurring as a result it becomes customs offense and punishable under the Criminal Code of Integral. The commission of these crimes affecting the national treasury, especially when to criminalize and punish crimes of custom the principle of proportionality provided for in the Constitution, by stating very mild penalties against damage caused is contrary. Therefore, there is inconsistency in the constitutional principle of proportionality to criminalize and punish crimes resulting from the illegal importation or exportation of goods; consequently, it causes economic damage to this country when the evasion of tax liability occurs. So, it is necessary to establish penalties and sanctions more rigorously for the intended customs offenses in the Code of Integral Penal since been regulated penalties and greatly reduced sanctions against such behavior, which contravenes the principle of proportionality set out in the Constitution. 5 When referring to the sanctions and penalties provided for customs offenses, let us say that we consider inadequate, since the commission of illegal social harms, financially and economically the country; for that reason, they should worsen the penalties for these crimes in order to achieve a better realization of justice and stop crimes of smuggling and customs fraud. Our Constitution and principle of immediate application, states as one the primary goals of the State, the realization of justice in harmony with the good life of all Ecuadorians; as such, it should better clarify the purpose of the Act, in order to effectively achieve its purposes sense. As such, this research aims to implement the principle of proportionality, prescribed in the Constitution regarding the definition and punishment of customs offenses under the Criminal Code of Integral; since there is kindness in the establishment of such sanctions. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/10428 |
Aparece en las colecciones: | TRABAJOS DE TITULACION FJSA |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
TESIS Walter Xavier Arévalo Quizhpe.pdf | 1,72 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.