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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1034
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Manuel Salinas Ordoñez | en_US |
dc.contributor.author | Ordoñez Malla, Jhon Robert | - |
dc.date.accessioned | 2013-08-12T23:06:50Z | - |
dc.date.available | 2013-08-12T23:06:50Z | - |
dc.date.issued | 2011 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1034 | - |
dc.description.abstract | Partiendo de principios consagrados en la carta magna como instrumentos constitucionales y los derechos civiles se puede decir que todas las personas somos iguales ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma; religión, filiación política, posición económica, orientación sexual; estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole, abarca también a que toda persona tiene derecho a tener nombres y apellidos tomando en cuenta el derecho a trabajar. Entre uno de los principios básicos de como es el derecho al trabajo El trabajo es un derecho y un deber social. Gozará de la protección del Estado, el que asegurará al trabajador el respeto a su dignidad, una existencia decorosa y una remuneración justa que cubra sus necesidades y las de su familia. En nuestro medio se puede observar que en la realidad jurídica en la que vivimos, no se plasma lo que realmente sucede con lo referente a los peritos judiciales, dado el caso que es muy dificultoso y costoso acceder a la inscripción de peritos a ministerio publico como al consejo nacional de la judicatura. Cada vez ponen limitantes en lo referente a este tema, por ejemplo en la corte provincial de Loja, el único plazo para acceder a la acreditación como perito judicial se lo tiene que realizar desde el primero de enero hasta el treinta y uno de enero de cada año, lo mismo pasa con la acreditación que tiene que realizarla en el Ministerio Publico, dado que para inscribirse se tiene que viajar a la ciudad de Quito. Lo mas grabe aun es que para los peritajes del ministerio publico son muy raros los casos en que se designe a los peritos calificados como tal, ya que existen miembros de la policía nacional, que supuestamente son especialistas en todo tipo de diligencia, y que no hace falta nombra a ningún otro perito. Es mas que como ellos no son parte del consejo de la judicatura, las tablas de remuneraciones las fijan a conveniencia propia, pese a que reciben salario del estado. Es aquí la importancia de poder incorporar este proyecto de reforma enmarcado a lo que manifiesta la Constitución de la Republica del Ecuador, referente a la igualdad ante la ley y el derecho a trabajo. En conclusión es importante indicar que en el presente trabajo, analizare todo lo referente La acción penal. La acción en el derecho procesal penal. Definiciones de varios autores, antecedentes históricos de la acción penal, historia e importancia de la acción penal en el derecho procesal penal, fines de la acción penal. La Acción pública, Características de la acción penal pública, La acción privada, características de la acción penal Privada, La prueba, finalidad de la prueba, Criterios de valoración de la Prueba, La prueba Testimonial, Importancia de la prueba Testimonial, La prueba documental, medios Probatorios en el procedimiento de Acción Penal Privada, Régimen Jurídico aplicable a la prueba material, la prueba material, la actuación pericial, intervención de peritos, el peritaje judicial, concepto de peritaje, la procedencia, la proposición, el nombramiento, el diligenciamiento, el dictamen pericial, los peritos en el proceso penal, los peritos y los testigos, objeto de la prueba pericial, garantías de la prueba pericial, clases de exámenes periciales, partes del dictamen pericial, la diligencia de entrega y ratificación pericial, reglamento para el sistema de la acreditación de peritos, de los requisitos para la acreditación de peritos, del registro de los peritos, incongruencias en el nuevo código de procedimiento penal respecto al peritaje judicial., historia y evolución de la pericia en materia penal, definición de perito, elementos, características, diferencias y clasificación, desde el punto de vista etimológico, desde el punto de vista constitucional y legal, desde el punto de vista del derecho canónico, desde el punto de vista jurisprudencial, las características esenciales de la prueba pericial, elementos esenciales del perito, peritaje obligatorio, peritaje facultativo, peritaje de ciencias exactas y de ciencias sociales, peritaje de un solo experto, Peritaje multidisciplinario, peritaje simple, Peritaje complejo, peritaje único, peritaje complementado, peritaje emitido por instituciones públicas En cuanto a los requisitos para ser perito nuestro Código de Procedimiento Penal en su Art. 94 determina que “son peritos los profesionales especializados en diferentes materias que hayan sido acreditados como tales, previo proceso de calificación de la Fiscalía General del Estado” actualmente por parte de las Direcciones Regionales del Consejo de la Judicatura, es decir que, conforme a esta disposición legal, la primera condición para ser perito es acreditar una profesión y una especialización en un determinado ámbito del saber humano, debiendo en este caso evidenciarse la calidad habilitante mediante la obtención de un título profesional en la ciencia, arte o técnica respectivos. En ese sentido la ley reformatoria derogó también tácitamente el inciso cuarto del Art. 95 del Código Adjetivo Penal, que posibilitaba la designación de peritos en personas que no son profesionales, al estimar que en el lugar donde se deba realizar la diligencia En la legislación se establece expresamente que “cada parte” podrá proponer otro perito legalmente habilitado “a su costa”, surgiendo así la duda de la imparcialidad del indicado perito al estimarse que es difícil que se vuelva en contra de quien, por imperio legal, le paga por sus servicios, no existan peritos habilitados, lo cual según ciertos criterios, se fundamentaba en el hecho de que existen personas que podrían prestar su contingente como peritos, dada su experiencia y especialización en una determinada materia, pero que no necesariamente son profesionales. Al respecto es preciso determinar que resulta importante que la ley adjetiva penal exija como presupuesto necesario para ser perito su profesionalización y especialización, pues con ello se procura alcanzar el máximo de excelencia en esta función de cooperación con la administración de justicia, evitando así que personas empíricas cumplan esta crucial actividad. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | Incongruencia en el nuevo código de procedimiento penal en relación al peritaje judicial | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | Biblioteca FJSA |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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INCONGRUENCIA EN EL NUEVO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL EN RELACION AL PERITAJE JUDICIAL.pdf | 769,42 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
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