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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDR. MG. SC. FERNANDO SOTO SOTOen_US
dc.contributor.authorCUEVA ROJAS., WILLAN FERNANDO-
dc.date.accessioned2013-08-12T20:32:48Z-
dc.date.available2013-08-12T20:32:48Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1031-
dc.description.abstractLuego de haber hecho un análisis del trabajo investigado me he dado cuenta de que una de las mayores deficiencias que se puede encontrar en muchas de las Sentencias y resoluciones dictadas por los administradores de justicia, es su falta de fundamentación. Que en la práctica, ocasiona serios inconvenientes en los ciudadanos ya que se estaría vulnerando derechos fundamentales consagrados en la constitución. Por ello, la presente investigación comprende un estudio jurídico de la problemática, que surge por el incumplimiento del debido proceso en la aplicación de la motivación en las sentencias y resoluciones, con este trabajo se aspira abordar a la motivación de las decisiones judiciales, como un tema de actualidad, determinando los parámetros, contenidos, características, una comparación con otros sistemas. Para el efecto, se ha determinado cuál es su alcance constitucional, las distintas formas de motivar, las ventajas y desventajas, y sus requisitos. Se explica, con respecto a los principios constitucionales, sobre las nulidades procesales además, lo que hemos denominado criterios de verdad y validez como fundamentos de la motivación, en el que resaltan los principios lógicos de la sentencia, y la relación entre la verdad material y la validez formal (razonamiento sólido) que, en un ejercicio práctico de lógica jurídica, intenta aportar con elementos para una motivación debida, también se analizó los antecedentes históricos de la motivación en el Ecuador. Entre otros aspectos se trató sobre el derecho comparado en lo que respecta a la motivación de las sentencia. En este contexto, con la aplicación de encuestas y las entrevistas he comprobado que no se cumple el precepto Constitucional determinado el Art., 76 literal L) de la Constitución de la República del Ecuador, es decir se está violando el debido proceso, con la no aplicación de la motivación, en muchos de los casos se da por desconocimiento de esta figura jurídica, y el vacío legal que hay en el Código de Procedimiento Civil, y en otros por la irresponsabilidad de algunos jueces a la hora de llegar a una decisión no hacen un estudio valorativo y técnico jurídico del proceso. Por ser el Ecuador un país como Estado Constitucional, el debido proceso un pilar fundamental en los Estados modernos que consagran los derechos de los ciudadanos, he propuesto que se haga una reforma al Art. 299 del CPC? en el capitulo de la nulidad de sentencia y para ello también haré una propuesta jurídica. Finalmente, se presentan las conclusiones y recomendaciones sostenidas a lo largo de la investigación.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleINSUFICIENCIA JURÍDICA EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ECUATORIANO EN LO RELACIONADO CON LA MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIAen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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