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Título : Las obligaciones alimenticias subsidiarias y el apremio personal, su incidencia socioeconómica y jurídica. propuesta de reforma del innumerado 23 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia
Autor : Costa Cevallos, Marcelo Armando
Guamán Flores, Johanna Victoria
Palabras clave : OBLIGACIONES ALIMENTICIAS
LA FAMILIA
OBLIGADOS PRINCIPALES
OBLIGADO SUBSIDIARIOS
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : Al problematizar sobre temas jurídicos, observé que el Derecho de alimentos, que es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros. Tales relaciones se originan a partir del matrimonio y del parentesco. De conformidad a las reformas introducidas al Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia los obligados llamados subsidiarios también son susceptibles de las medidas cautelares que se le impone al deudor principal siendo la más severa el apremio personal, lo que nos parece hasta cierto punto injusto ya que, si se adquirí legalmente esta obligación, que con las reformas sufridas es una imposición y por lo cual no se puede decir que no, ya que simplemente se aplica; ya que no le corresponde al abuelo, tío o hermano pagar las irresponsabilidades de su familiar, peor aún que por el atraso de una o más pensiones que insisto no le corresponde tenga que estar preso, a manera de conclusión muy parcial de este problema, me permito señalar que a más de ser inquisitivo y configurarse la cadena perpetua figura que es inconstitucional, fomenta la irresponsabilidad legal de los padres biológicos, por la existencia de los obligados subsidiarios, que ni siquiera saben lo que hacen sus hijos, por esa razón no se puede asumir una responsabilidad que no se la ha adquirido. Por ello, presento en este trabajo una interesante propuesta que se exonere de dicha responsabilidad a los subsidiarios por su naturaleza
Descripción : Al problematizar sobre temas jurídicos, observé que el Derecho de alimentos, que es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros. Tales relaciones se originan a partir del matrimonio y del parentesco. De conformidad a las reformas introducidas al Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia los obligados llamados subsidiarios también son susceptibles de las medidas cautelares que se le impone al deudor principal siendo la más severa el apremio personal, lo que nos parece hasta cierto punto injusto ya que, si se adquirí legalmente esta obligación, que con las reformas sufridas es una imposición y por lo cual no se puede decir que no, ya que simplemente se aplica; ya que no le corresponde al abuelo, tío o hermano pagar las irresponsabilidades de su familiar, peor aún que por el atraso de una o más pensiones que insisto no le corresponde tenga que estar preso, a manera de conclusión muy parcial de este problema, me permito señalar que a más de ser inquisitivo y configurarse la cadena perpetua figura que es inconstitucional, fomenta la irresponsabilidad legal de los padres biológicos, por la existencia de los obligados subsidiarios, que ni siquiera saben lo que hacen sus hijos, por esa razón no se puede asumir una responsabilidad que no se la ha adquirido. Por ello, presento en este trabajo una interesante propuesta que se exonere de dicha responsabilidad a los subsidiarios por su naturaleza
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8459
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