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Título : Refórmese la ley orgánica de la jurisdicción contencioso administrativa, el artículo 30, en relación a los requisitos que debe cumplir la demanda en la acción contencioso administrativa
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Castro Guillén, Rosa Daniela
Palabras clave : LA JUSTICIA
PRINCIPIOS Y DERECHOS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LA DEMANDA
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : El concepto de tutela judicial efectiva, se encuentra recogido en el artículo 75 de la Constitución de la República, su importancia radica en la opción que tiene todo ciudadano de ejercer su derecho impugnatorio. Esto involucra el poder escoger entre las diversas opciones impugnatorias a las cuales tenemos lugar y opción de acudir cuando nuestros derechos sean vulnerados. La conveniencia de la constitucionalidad del derecho a la tutela judicial efectiva resalta desde todo punto de vista, no solo porque de esta manera sus múltiples manifestaciones adquieren la relevancia necesaria y se contagian, si cabe el término, de esta característica, sino también porque en el ámbito del proceso, las “promesas de certidumbre y coerción propias de las normas jurídicas” adquieren eficacia. Una correcta aplicación de la tutela judicial efectiva, contribuye al ejercicio correcto del Debido Proceso, lo que no abarca solo las garantías del proceso, pues tiene fundamentación axiológica, ya que nos encontramos ante un concepto cuyos alcances no solamente se limitan a un escenario jurisdiccional, sino que son alegables tanto en un ámbito administrativo como incluso en relaciones corporativas entre particulares; y, además, que no se limita al mero cumplimiento de ciertas pausas sino que está internamente ligado a la consecuencia del valor justicia; por lo tanto el fundamento jurídico lógico, desde el punto de vista axiológico el debido proceso, desarrolla dos principios fundamentales: la dignidad humana y la justicia, señalándose que si consideramos a la dignidad como el valor, consiste en la estimativa y respeto a nosotros mismos por consiguiente también a los demás, y por considerarnos entes valientes, por nuestra propia naturaleza y aunque este valor también es el fundamento de los demás derechos fundamentales; la justicia, si representa en un fundamento axiológico exclusivo o casi exclusivo del debido proceso. El debido proceso es una condición o conjunto de condiciones cuando menos de la justicia. La certidumbre respecto de la existencia de requisitos formales y sustanciales objetivamente aplicables, se refleja en el contenido de una demanda a través de la cual se pretende procesalmente alcanza la justicia. La jurisdicción contencioso administrativa al permitir ejercer el derecho de tutela efectiva conforme las reglas del debido proceso, debe alinear su procedimiento conforme las normas constitucionales jerárquicamente superiores, para la protección de los derechos y garantías constitucionales. En conclusión, el proceso judicial, conlleva una dinámica interacción entre: tutela judicial efectiva, debido proceso y el derecho a impugnar; lo que en conjunto garantiza la aplicación de los diversos principios procesales y derechos inherentes a las personas, siendo de esta manera la impugnación contencioso administrativa una vía más para la tutela efectiva de nuestros derechos
Descripción : The concept of effective judicial protection is enshrined in Article 75 of the Constitution of the Republic, its importance lies in the choice of every citizen to exercise his right of challenge. This involves being able to choose between various options impugnatorias which we place and option of going when our rights are violated. The convenience of the constitutionality of the right to effective judicial protection highlights from every point of view, not only because of its many manifestations thus acquire relevance infected necessary and, if possible the term of this feature, but also because the part of the process, the "promises of certainty and legal norms own coercion" gain efficiency. Correct application of effective judicial protection, contributes to the proper exercise of due process, which does not cover only the guarantees of the process, it has axiological foundation because we have a concept whose scope is not only limited to a jurisdictional stage, but are alegables both an administrative level and even in corporate relations between individuals; and, moreover, it is not limited to mere compliance with certain breaks but is internally linked to the justice result value; therefore the logical legal basis, from the axiological viewpoint due process, developed two fundamental principles: human dignity and justice, pointing out that if we consider the dignity and value, is the estimate and respect ourselves hence also to others, and for considering brave authorities, by our very nature and although this value is also the foundation of all other fundamental rights; justice, if it represents an exclusive or almost exclusive of due process axiological foundation. Due process is a condition or set of conditions at least of justice. The certainty on the existence of formal and substantial requirements apply objectively, it is reflected in the content of an application through which seeks justice reaches procedurally. The administrative jurisdiction to allow exercise the right to effective protection under the rules of due process, must align its hierarchically superior process according constitutional requirements for the protection of constitutional rights and guarantees. In conclusion, the judicial process, involves a dynamic interaction between: effective judicial protection, due process and the right to challenge; which together ensure the application of the various procedural principles and rights inherent to the people, thus being the administrative challenge one more way to effectively protect our rights
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8324
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