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Título : Plan de emergencia para la carrera de Derecho del Área Jurídica Social y Administrativa de la Universidad Nacional de Loja ante la ocurrencia de eventos adversos
Autor : Jaramillo Luzuriaga, Claudia
Paucar Tandazo, Edwin Leopoldo
Fecha de publicación : 2010
Resumen : Ante los eventos adversos recientes acontecidos en países de América, tomemos en cuenta lo de Chile, considerado uno de los países más activos sísmicamente, debido a su ubicación en el cinturón de fuego del Pacífico, eventos sísmicos devastadores que en gran forma han azotado su economía; lo de Haití fue, sin duda alguna, un catastrófico desastre para un País carente de experiencias y preparativos, llevándolo indudablemente a la miseria de la noche a la mañana. En los principales países industrializados, los edificios situados en las áreas de mayor frecuencia de terremotos están diseñados bajo normas sismo resistentes, que les permiten quedar en pie en medio de movimientos. Dentro de nuestra urbe constantemente hemos notado un crecimiento poblacional significativo, y consigo una serie de medidas tendientes a un desarrollo en el área de prevención y seguridad local. La historia misma ha sido la encargada de determinar un déficit o nulo crecimiento en el área de la prevención como factor preponderante para la seguridad institucional en todas sus áreas; específicamente en el Alma Mater lojana, dentro de la carrera de Emergencias y Desastres, se pretende mediante un Plan Piloto institucionalizar un adecuado y muy eficiente Plan de Emergencias que determinen bases significativas para el desarrollo preventivo ante la hipótesis de eventos adversos; y en especial de movimientos sísmicos. Desde la aplicación de estos planes se pretende establecer a corto y mediano plazo medidas tendientes en la capacitación, preparación, prevención, mitigación y alerta; e incluso hacer frene ante situaciones del convivir diario que representen amenaza y un riesgo potencial para las personas, bienes y medio ambiente institucional dentro de la carrera de Derecho de la Universidad Nacional de Loja. Como primera promoción de la carrera de Emergencias y Desastres, tenemos competencia exclusiva y nos vemos en la necesidad de establecer nexos correspondientes con las autoridades centrales y mediante este proyecto establecer las mediadas necesarias para que todo estudiante, docente y demás autoridades estén en la capacidad de hacer frente a un evento adverso mediante las capacidades locales con las que cuenta la institución educativa. Como aspecto importante dentro de Gestión de Riegos en nuestro País hay que tomar pertinencia que en 1960 el Congreso de la República dicta la Ley de Defensa Nacional, publicada en el Registro Oficial N° 87 del 15 de diciembre de 1960, en uno de cuyos capítulos introdujo las primeras normas legales correspondientes a la Defensa Civil. El 10 de diciembre mediante Decreto Supremo N°2871 se dicta la Ley de Seguridad Nacional; (en sustitución de la Ley de Defensa Nacional). En el título III, de la referida Ley, se establece en el sistema de Defensa Civil como institución a nivel nacional, señalándose misiones concretas como ente dependiente de la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nacional. Este es el origen material orgánico de la institución. Sin embargo en 1973 comenzó a cumplir operaciones sistemáticas de análisis, prevención y reducción de desastres. Así se conformó inicialmente la Dirección Nacional de Defensa Civil como institución operativa cumpliendo algunas obras importantes en beneficio de la comunidad. Posteriormente mediante Decreto Supremo N° 275 publicado en el Registro Oficial N° 64 del 22 de abril de 1976, se adjudica otra reforma a la Ley de Seguridad Nacional y en el Titulo III se introducen mejoras para lograr un mecanismo más eficiente para afrontar desastres. El 13 de enero de 1977 a pedido de la Dirección Nacional de Defensa Civil, la Secretaria Nacional del Consejo de Seguridad Nacional aprueba el Reglamento Interno del Sistema de Defensa Civil. Posterior a todos estos antecedentes se crea La Secretaría Técnica de gestión de Riesgo mediante Decreto Ejecutivo No 1046-A de fecha 26 de abril del 2008; en la que establece en su artículo primero “Reorganizase la Dirección Nacional de Defensa Civil mediante la figura de una Secretaria Técnica de Gestión de Riesgos adscrita al Ministerio de Coordinación de Seguridad Interna y Externa, con jurisdicción nacional y domicilio en la ciudad de Quito”. Como fundamento constitucional mediante la Carta Magna tenemos que en el Título VII sección 9, hace referencia a La Gestión de Riesgo, y en el Artículo 389 señala “El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad” . El Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la Ley.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6604
Aparece en las colecciones: Biblioteca A.S.H.

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