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Título : EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ADOLECE DE INSUFICIENCIA LEGAL, AL NO ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD PECUNIARIA DE QUIENES ADMINISTRAN LAS PENSIONES ALIMENTICIAS SEAN ESTOS LOS PADRES O REPRESENTANTES DE LOS MENORES
Autor : DR. MG.SC. MARCELO MOGROVEJO LEON
CAISACHANA TORRES, ISMENIA PRISCILA
Fecha de publicación : 2012
Resumen : En la Constitución de la República del Ecuador en su sección quinta de los Derecho de las Niñas, niños y adolescentes, el Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y aseguraran el ejercicio pleno de sus derechos; atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre las demás personas. Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones , en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de efectividad y seguridad, este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales; efectivo- emocionales y culturales con el apoyo de políticas interseccionales nacionales y locales, Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psiquica; a su identidad, nombre y ciudadanía a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad. El Estado adoptara una medida que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus derechos El primer inciso del mandato constitucional antes transcrito concuerda con el articulo 35 del mismo cuerpo constitucional que manda la atención a grupos vulnerables mientras que en el segundo inciso concuerda con lo que se dice en el inciso tercero del articulo 341.- El sistema Nacional descentralizado de protección integral de niños y la adolescencia será el encargado de asegurar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Serán parte del sistema las Instituciones Públicas Privadas y Comunitarias. También tienen concordancias con el articulo 1 del Código de la Niñez y Adolescencia que señala la finalidad con el articulo 11 que determina el interés superior del niño; con el articulo 14 que exige la aplicación eh interpretación mas favorable a la niña, niño y adolescente, con el articulo 22 que le da el derecho a tener una familia y a la convivencia familiar con el articulo 26 que da derecho a una vida digna que señala los deberes y derechos de la familia del niño, niña y adolescente.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2806
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