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Título : Necesidad de reformar el art. 62, de la Ley Orgánica De Servicio Público, en lo relacionado a la inobservancia de la jerarquía jurídica en la clasificación de los servidores públicos
Autor : Costa Cevallos, Marcelo Armando
Cruz González, María Fernanda
Palabras clave : LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EL ACTO ADMINISTRATIVO
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : La corrupción en nuestro país no es ni ha sido un fenómeno aislado en la sociedad, al igual que la práctica exclusiva de grupos de personas que son pate del departamento de talento humano de todas las instituciones del Estado, en complicidad con hombres de empresa y organizaciones privadas. En esta red de la corrupción, han caído todos los miembros representativos de la sociedad; desde los jefes departamentales con súper poderes, que, con o sin razón, delinque y viola impúdicamente las leyes en pos de un provecho; pasando por un profesional, un político o un empleado público; hasta un humilde ciudadano, este tipo de conducta ha sido una constante en la historia del Ecuador, iniciando con la primera presidencia del General Flores como un gran falsificador de dinero, luego, la corrupción se ha convertido en un complicado fenómeno que debe observarse desde planos diversos para hallarle mecanismos de control. La dificultad se magnifica porque no hay explicaciones razonables, por sus dimensiones, la respuesta a los problemas de la corrupción administrativa en el Ecuador no puede quedarse en la muletilla jurídico-penal de siempre, que para corregir los delitos, se crean más leyes, más sanciones, pero la corrupción avanza aceleradamente y se vuelve difícil de controlarla. Asimismo, se ve con frecuencia en los medios de comunicación señalamientos de inconstitucionalidad de las decisiones de la Contraloría General de la República, declaratorias de responsabilidad administrativa y consecuente inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos de los afectados, así como interposición de demandas de nulidad contra las mismas, el representativo de la contraloría en sus entrevistas manifiesta que ha glosado a miles de personas y la justicia continua con su ceguera ante estos actos, lo mismo ocurre con el fiscal general de la nación que tiene muchos casos por resolver que tienen relación directa con la corrupción, como el caso del hermano y primo del presidente por nombrar unos casos, ahora que podríamos decir de la administración que realiza el departamento de talento humano no es el adecuado que puede ser por compromiso político, familiar, por desconocimiento o por presiones políticas de los superiores inmediatos. La corrupción en el ejercicio de la función pública, requiere determinar el tipo de responsabilidad vinculada a la misma y que son independientes entre sí pero pueden estar asociadas a un mismo hecho o acto de corrupción, porque, los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, pueden incurrir en cinco tipos de responsabilidad; civil, penal, administrativa, disciplinaria y política, las cuales pueden existir conjunta o separadamente, a las que se les suma la responsabilidad moral derivada esta última por efecto de la determinación de las anteriores o en cumplimiento de una norma específica constitucional, legal. En el sentido amplio, la responsabilidad puede enunciarse como el efecto es favorable que recae sobre un sujeto, como consecuencia de su conducta, cuando la misma, constituida por una acción u omisión, ha violado una norma jurídica, produciendo un daño a uno de sus compañeros de labores, cuando está embestido, como sujeto de derecho y deberes y por su particular posición frente al conglomerado, debe responder por su conducta de acción u omisión una vez que le sea requerida por la autoridad correspondiente, lo cual se materializa en la determinación de su responsabilidad por tal acción u omisión. La responsabilidad administrativa, comprobada en la cual un funcionario público, a cuyo cargo está el manejo de las personas, ha incurrido en acciones, hechos u omisiones antijurídicas y no excusables y cuyas peculiaridades fácticas encuadran dentro de los supuestos establecidos por la ley como generadores de responsabilidad administrativa, en contra de sus administrados, pues deben ser sancionados por el perjuicio causado por la ineptitud administrativa. La responsabilidad jerárquica es aquella que se desarrollan las máximas autoridades o los superiores jerárquicos donde laboran los funcionarios a quienes ella afecta, cuando estos han incumplido las normas administrativas y que atenta contra las personas las cuales están bajo su administración, es decir aquellas que luego de haber asistido a cursos seminarios, haber obtenido títulos profesionales, haber concursado para optar por un ascenso para desempeñarse en un nuevo cargo, luego de habérselo ganado meritoriamente quienes son administradores del Talento Humano, los reubican pero sin reconocerles su nueva remuneración, lo cual constituye un perjuicio económico y una responsabilidad civil a la que debe enfrentarse el administrado, pero solo en el caso que existieran disposiciones legales para estos casos
Descripción : Corruption in our country is not and has not been an isolated society, like the exclusive practice of groups of people who are pate phenomenon department human talent of all state institutions, in collusion with businessmen and organizations private. In this network of corruption, they have fallen all representative members of society; from department heads with super powers, who, rightly or wrongly, commit crimes and shamelessly violate the laws in pursuit of profit; through a professional, a politician or a civil servant; to a humble citizen, this type of behavior has been a constant in the history of Ecuador, starting with the first presidency of General Flores as a major counterfeiter of money, then, corruption has become a complicated phenomenon to be observed from flat various control mechanisms to find him. The difficulty is magnified because there is no reasonable explanation for its size, the answer to the problems of administrative corruption in Ecuador can not remain in the legal and criminal crutch of always overcoming most crimes, more laws are created, more sanctions, but corruption progresses rapidly and becomes difficult to control. It is also frequently seen in the media accusationsof unconstitutionality of the decisions of the Comptroller General of the Republic, declarations of administrative responsibility and consequent disqualification from public office of those affected, as well as bringing actions for annulment the same, the representative of the comptroller in interviews stated that has glossed thousands justice and continuing his blindness to these acts, so does the attorney general of the nation that has many unsolved cases that are directly related corruption, as the case of brother and cousin of the president to name a few cases could say now that the administration conducted by the department of human talent is not the right which may be for political, family commitment, ignorance or pressures policies immediate superiors. Corruption in the exercise of public service, required to determine the liability linked to it and which are independent of each other but may be associated with a single event or act of corruption, because public officials in the exercise of their duties they may incur five types of responsibility; civil, criminal, administrative, disciplinary and policy, which may be jointly or separately, to which were added the moral liability for the latter due to the determination of the above or pursuant to a specific rule constitutional, legal. In the broad sense, accountability can be stated as the unfavorable effect that falls on a subject, as a result of his conduct when it constituted by an act or omission, violated a rule of law, resulting in damage to one of his companions of work, when it is rammed, as subjects of rights and duties and its particular position on the conglomerate, you must answer for their conduct action or omission once to be required by the appropriate authority, which materializes in determining responsibility for such act or omission. Administrative responsibility, expertise in which a public official is in charge of handling people, it has engaged in actions, anti-juridical acts or omissions and not excusable and factual features which fall within the cases established by law as generators administrative, against their administered, they must be punished for the damage caused by administrative ineptitude. Command responsibility is one that the highest authorities or superiors where officials whom it affects working when they have breached the administrative rules and endangers people which are under its administration, ie those that are developed after attending seminars, courses, have obtained professional titles, have competed to qualify for a promotion to work in a new position after having earned deservedly who are administrators of human talent, the relocated but without recognizing its new remuneration, which constitutes economic damage and civil liability to which must face the run, but only in the case that there were legal provisions for these cases
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8751
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