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Título : Incorpórese un numeral al artículo 112 del Código de la Niñez y Adolescencia, en donde se sancione a la persona que teniendo la patria potestad o tenencia, no permita el régimen de visitas
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Cevallos Betancourt, Jorge Enrique
Palabras clave : CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PATRIA POTESTAD O TENENCIA
EL RÉGIMEN DE VISITAS
LOS ALIMENTOS
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : La presente investigación realizada está encamina sobre las consecuencias sociales que existen en el mundo al dejar la tenencia de la patria potestad menores y no se les permita el régimen de visitas. Hay una diferencia grande que consiste en el deseo que las personas respeten y formen un hogar de armonía, cariño y amor que los padres de familia vivan con sus hijos y no si ellos. En el Ecuador, en la ciudad de Loja, la tenencia de menores trae consigo consecuencias sociales que afectan directamente a los menores de edad, ya que ellos por falta de cariño, afecto, amor, convivencia, entre otras. Se examinó cuál es la conducta de los diferentes actores en el quehacer jurídico, y cuál ha sido su aporte frente a la necesidad de establecer sanciones a la persona que ostenta la patria potestad o tenencia, no permite régimen de visitas establecido en resolución judicial, se establecerá las reformas que se han de implementar, combinándole con las principales propuestas doctrinarias. Descompuestas algunas fases de los procedimientos, establezco el diferente tratamiento que han tenido las resoluciones judiciales mediante información de Campo lo que nos permite diferenciar que el trato dado por el legislador no ha sido igual, para poder detectar y encontrar las causas que son determinantes, para que los principios constitucionales no alcancen el posicionamiento deseado, no se parcializará a ninguna de las partes ya que se hará respetar sus derechos por tanto existe un vacío legal en torno a la sanción por incumplimiento del régimen de visitas establecido en resolución Judicial de Patria Potestad o Tenencia es así que manteniendo la visión garantista de los derechos de todos los ciudadanos la Constitución de la República del Ecuador numeral 16 del Art. 83 dispone que son deberes y responsabilidades de los ecuatorianos y ecuatorianas asistir alimentar educar a sus hijos e hijas sin embargo en la mayoría de los casos en los juicios que se ventilan en los juzgados de la niñez y adolescencia se garantiza el derecho de pensión alimenticia con medidas cautelares como son prohibición de salida del país, embargo de bienes imprescindibles para la vida, apremio personal; en juicios de Patria Potestad también se fija un régimen de visitas el cual no se cumple. Por lo que se propone incorporar en el Art. 112 del Código de la Niñez y la Adolescencia sanciones, por lo que se destaca cambios que se han producido, como por ejemplo en la infraestructura física de la Función Judicial, la implementación de sistemas informáticos, lo que permite una mejor rendición de cuentas a la sociedad, las unidades judiciales y a la par decisiones de los Tribunales de Justicia en temas específicos, para poder demostrar que la actuación de los jueces está divorciada en muchas ocasiones de sus poderes-deberes, y cuáles podrían ser las soluciones comparándolas con cuerpos legales de otros países, todo lo cual persigue demostrar que nuestra Legislación necesita implementar sanciones en dicho cuerpo legal para hacer cumplir las Resoluciones Judiciales
Descripción : The present investigation is headed on the social consequences that exist in the world to leave tenure under custody and they are not allowed visitation. There is a big difference is the desire that people respect and form a home of harmony, affection and love that parents living with their children and if they do not. In Ecuador, in the city of Loja, less tenure brings social consequences that directly affect the children, since they lack of love, affection, love, coexistence, among others. In this topic examined what the behavior of the different actors in the legal work, and what was their contribution against the need to establish penalties for the person who holds the power or possession homeland, does not allow visitation provisions judgment, the reforms to be implemented will be established with major doctrinal proposals. Decomposed some phases of procedures, establish different treatment who have had judgments by Country information which allows us to differentiate the treatment by the legislator has not been the same, to detect and find the causes that determine, for that constitutional principles do not reach the desired position, you will not parciality to any party because it will respect their rights so there is a loophole around the penalty for breach of visitation established Judicial resolution of parental authority or tenure is so keeping the vision guarantor of the rights of all citizens by the Constitution of the Republic of Ecuador paragraph 16 of Art. 83 gives the following duties and responsibilities of Ecuadorians attend feed educate their children however most cases trials are heard in the courts of childhood and adolescence the right to alimony precautionary measures as are prohibited from leaving the country, embargo essential to life, personal urgency goods is guaranteed; in judgments Custody visitation which is not fulfilled is also fixed. As it is proposed to incorporate in Art. 112 of the Code of Childhood and Adolescence sanctions, so changes that have occurred, such as in the physical infrastructure of the judiciary stands, implementation of computer systems, allowing for better accountability to society, judicial units at par decisions of the Courts of Justice on specific issues, to demonstrate that the performance of judges is divorced many times their powers-duties, and which solutions could be comparing them with legal bodies in other countries, all of which seeks to demonstrate that our legislation needs to implement sanctions that body of law to enforce judicial decisions
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8552
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