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Título : Necesidad de reformar el art. 137 del código orgánico de la organización territorial, autonomía y descentralización (cootad”, con la finalidad de instaurar un procedimiento administrativo para el manejo de aguas residuales y desechos sólidos en los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales del Ecuador
Autor : Astudillo Ontaneda, Augusto Patricio
Pilco Loza, Alexandra Lucia
Palabras clave : AGUAS RESIDUALES
DESECHOS SÓLIDOS
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
POLÍTICAS PÚBLICAS
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : La presente investigación tuvo como objetivo general la, necesidad de reformar el art. 137 del Código Orgánico de la Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), con la finalidad de instaurar un procedimiento administrativo para el manejo de aguas residuales y desechos sólidos en los gobiernos autónomos descentralizados municipales del Ecuador. El artículo presenta los resultados de una investigación basada en la recopilación de datos bibliográficos, encuestas realizadas a personas que habitan cerca de rellenos sanitarios por ende se sienten afectados por la mala administración ejecutoriada, también relacionados a la degradación de los ríos en el Ecuador, las causas y consecuencias de la contaminación así como el planteamiento de alternativas del desarrollo para mitigar este impacto. De acuerdo a la información recopilada se puede afirmar que los ríos en el Ecuador se encuentran en estado crítico, siendo la principal causa de la contaminación el vertido de líquidos y residuos sólidos urbanos así como descargas de industrias. La consecuencia más perjudicial se da en relación a la aparición y proliferación de enfermedades en la población humana. La acción conjunta de los gobiernos y las comunidades constituyen la principal alternativa del desarrollo para mitigar este impacto. Se muestran las causas, consecuencias y alternativas del desarrollo de la contaminación de ríos y del medio ambiente en el Ecuador. El manejo de los desechos sólidos y aguas residuales es tan importante tanto en el Ecuador como en todo el planeta, por tal razón en la misma Constitución de la República del Ecuador en el Capítulo segundo, Derechos del buen vivir Sección segunda, ambiente sano, habla sobre;” Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la 25 soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional.” La parte ambiental es uno de los criterios de distribución del presupuesto participativo, contribuye a la protección del ambiente que es un derecho y obligación de cada ser humano cuidar el entorno en el que vivimos y habitar en un medio sano, así también puedo mencionar como producto de la voluntad política de los gobiernos parroquiales y cantonales. Con la facilitación de proyectos que se han intervenido en los cantones, se ha podido de alguna manera contribuir al cuidado del ambiente, pero claro está, que todo el esfuerzo que se viene realizando no es suficiente para contrarrestar el problema que ocasionan el mal manejo de los desechos sólidos y aguas residuales
Descripción : The present investigation had as general objective the, necessity to reform the art. 137 of the Organic Code of the Territorial Organization, Autonomy and Decentralization (COOTAD), with the purpose of establishing an administrative procedure for the handling of residual waters and solid wastes in the decentralized municipal autonomous governments from Ecuador. The article presents the results of an investigation based on the summary of bibliographical data, you interview carried out people that inhabit near sanitary fillers for end they are affected by the bad administration ejecutoriada, also related to the degradation of the rivers in Ecuador, the causes and consequences of the contamination as well as the position of alternative development to mitigate this impact. According to gathered information one can affirm that the rivers in Ecuador are in being the main cause of contamination the one poured of liquids and solidos.shtml solid urban residuals as well as discharges of industries. The most harmful consequence is given in relation to the appearance and proliferation of combined action and the communities constitute the main alternative of the development to mitigate this impact. The causes are shown, consequences and alternative of the development of the contamination of rivers and of the environment in Ecuador. The handling of the solid wastes and residual waters are so important as much in Ecuador as in the whole planet, for such a reason in the same Constitution of the Republic of Ecuador in the Chapter second, Rights of the good one to live Section second, set healthy, he/she speaks on"; Art. 14. - are recognized the population's right to live in a healthy and ecologically balanced atmosphere that guarantees the sostenibilidad and the good one to live, sumak kawsay. It is declared of public interest the preservation of the atmosphere, the conservation of the ecosystems, the biodiversity and the integrity of the genetic patrimony of the country, the prevention of the environmental damage and the recovery of the natural degraded spaces. Art. 15.- the State will promote, in the public sector and private, the use of technologies environmentally clean and of energies alternative non pollutants and of under impact. The energy sovereignty won't be reached in detriment of the alimentary sovereignty; neither it will affect the right to the water. You prohibit the development, production, holding, commercialization, import, transport, storage and use of chemical, biological and nuclear weapons, of persistent highly toxic organic pollutants, internationally forbidden agroquímicos, and the technologies and experimental noxious biological agents and organisms genetically modified harmful for the human health or that they attempt against the 25 alimentary sovereignty or the ecosystems, as well as the introduction of nuclear residuals and toxic wastes to the national territory
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8530
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