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Título : Reforma del código de trabajo en relación con el despido intempestivo por cambio de puesto de trabajo
Autor : Felipe Neptalí Solano Gutiérrez
Macías Cantos, Miriam Janneth
Fecha de publicación : 2014
Resumen : En nuestra Constitución y el Código de Trabajo se hallan establecidos elementos por los que se administran las relaciones laborales y los derechos que les concurren a los trabajadores, los mismos que corresponden ser observados y respetados tanto por las autoridades del trabajo como por los empleadores y trabajadores. El contrato individual de responsabilidad, contiene ciertos compendios que se configuran como tal entre ellos poseemos la prestación de los servicios lícitos y personales, la relación de dependencia, la retribución; es también fuente donde nacen deberes tanto para el empleador como para el trabajador y el empleador. Este convención individual de trabajo logra llegar a su fin o extinción por las causas presentidas en el Código del Trabajo, entre las causas para la remate del contrato individual de trabajo poseemos el despido intempestivo que no es otra cosa sino el rotura de las relaciones laborales por fallo unilateral del empleador sin causa justa, este rotura arbitrario de las relaciones laborales da parte a ciertas indemnizaciones para el trabajador despedido, según lo definitivo por el Código del Trabajo. El Cambio de la ocupación para la que fue contratado, sin consentimiento del trabajador se constituye en un tipo de despido intempestivo, debido a que se alteran las acuerdos estipulados en el contrato inicial, donde ya no concurren ni la voluntad ni el consentimiento del trabajador, requisitos necesarios para la validez de todo contrato, y mucho más si se trata del contrato de trabajo, tomando en consideración que ningún trabajador puede Ser imprescindible a realizar una trabajo que no sea libremente admitida y escogida por él. Sin retención muchos empleadores valiéndose de su situación de superioridad frente a la necesidad del trabajador, trastornan arbitrariamente no solo el trabajo sino también el horario y otras situaciones de trabajo que no han sido primeramente tratadas. Todos estos abusos cometidos por el empleador en contra del trabajador son sancionados por el Código del Trabajo, pero resulta que estas sanciones e indemnizaciones previstas en dicho cuerpo legal no cumplen con las expectativas de reparar en realidad el perjuicio económico causado al trabajador por quedarse en el desempleo, y por lo igual que son grotescas no constituyen obstáculo alguno para impedir que el empleador transgreda las disposiciones legales. Por tal conocimiento es imperiosa la urgencia de realizar una proposición de reforma orientada a salvaguardar los derechos de los trabajadores que son la porción más endeble de una relación laboral, dicha reforma va dirigida a mejorar las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores como formar un freno a las injusticias de ciertos empleadores.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/7429
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