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Título : La defraudación tributaria a través de medios electrónicos y su incidencia en las aportaciones fiscales
Autor : Igor Vivanco Muller
Zhiminaycela Loja, Yudiman Bolivar
Fecha de publicación : 2014
Resumen : El Presupuesto General del Estado a nivel nacional, los presupuestos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados GADs., los Consejos Provinciales y todas las Instituciones Públicas están basados en los tributos: Impuestos, Tasas y Contribución Especial de Mejoras, tributos que todos los ciudadanos estamos en la obligación de contribuir para el desarrollo económico y social de los pueblos y del país. Los tributos son tan antiguos como la humanidad, vale la pena hacer reminiscencia que pueblos como Grecia e imperio Romano ya aplicaban el cobro de tributos, convirtiéndose por los gobernantes en el principal medio de obtener recursos para cancelar gastos administrativos y la realización de obras de infraestructura que van en beneficio de la colectividad y por ende de la ciudadanía. En la actualidad los Presupuesto General del Estado dependen en un alto porcentaje de los Tributos estos son Impuestos, Tasas y Contribución Especial de Mejoras, con lo cual el estado cubre los gastos administrativos, burocráticos y en la ejecución de obras de infraestructura; esto en cuanto al Estado, pero aquí viene la contraparte que es el ciudadano quien tiene que cumplir con esta obligación en relación a los Tributos: Impuestos, Tasas y Contribución Especial de Mejoras, la falta de cultura tributaria que es un valor que a pesar de ser tan antigua sin embargo no existe la concienciación ciudadana en el cumplimiento de esta obligación, lo más grave es que el ciudadano que menos tiene es el que siempre está cumpliendo mientras la ciudadanía media y adinera es la que cumple con esta obligación y que siempre está buscando los medios para evadir impuestos y que repercute en las aportaciones Fiscales. En la actualidad los contribuyentes frente al intenso control tributario del Servicio de Rentas Internas, optan por cometer infracciones tributarias tan graves como la defraudación tributaria, siendo ésta la causa principal para que se cometa esta figura delictiva. Frente a esta intención por evadir el pago de impuestos, los contribuyentes realizan las defraudaciones por medios electrónicos, tal situación no se ha previsto en los casos de defraudación del Art. 344 del Còdigo Tributario, puesto que como efecto de la evación de impuestos resulta la utlización de medios electrónicos en la defraudación tributaria y como no se encuentra prevista tal conducta el delito se queda en la impunidad. El hecho de llevar doble contabilidad, actualmente con las herramientas tecnológicas y con la utilizaciòn y aplicación de software o programas informàticos se puede ocultar tal doble contabilidad, por ello la admnistración tributaria no podrá determinar responsabildades a aquellos infractores. Determinada entonces la principal causa y efecto de esta problemática jurídica, conviene determinar que la causa es la intención del contribuyente de no pagar sus impuestos y el efecto es cometer la defraudación tributaria por medios electrónicos. Ante tal situación fundamenté en mi tesis que se reforme el Código tributario aclarando 345 se agrave la sanción impuesta a los casos de defraudación estipulados en el Art. 344 del Código Tributario cuando se advierta la utilización de medios electrónicos, para lo cual conviene reformar el Código Tributario en sus Arts. 344 y 345.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/7343
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