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Título : Reforma legal a la ley de vigilancia y seguridad privada, en cuanto a la certificación y acreditación del personal que opera como investigador privado
Autor : Mario Enrique Sánchez Armijos
Álvarez Aulestia, Jorge Alberto
Fecha de publicación : 2014
Resumen : Las compañías de seguridad privada suelen crear todo tipo de contratos que se ajustan a la conveniencia de la misma según el cliente, de esta manera, por ejemplo, los contratos para la seguridad privada de otras empresas suelen ser mucho más costosos que los contratos para los particulares, pero en general los contratos son muy parecidos, ya que básicamente son los mismos servicios. La finalidad de la seguridad privada es evitar los delitos en lugares específicos tales como edificios, empresas, barrios privados, e incluso construcciones y lotes, pero quizás el inconveniente mayor que tenga los agentes de la seguridad privada, es que ante tal situación, no puede hacer más que ponerse en contacto y reportar con la policía, no obstante debemos decir que una persona que trabaja como investigador privado debe siempre hacer uso de su sentido común para manejar cualquier tipo de situación. Por otro lado vale la pena destacar el hecho de que la seguridad privada no se trata únicamente de los vigilantes de garita, los guardaespaldas o los escoltas como mucha gente supone, de hecho cuando hablamos de seguridad privada estamos hablando de todos aquellos sistemas que nos ofrecen las empresas, desde alarmas, monitoreo electrónico hasta vigilancia pasando por todo tipo de mecanismos que nos ayuden a resguardar la seguridad de nuestro hogar y de nuestros bienes. Por eso es que la mayoría de las empresas de seguridad privada suelen ofrecer todo tipo de servicios para así poder estar a la altura de las expectativas de sus clientes. Respecto a los servicios de vigilancia y seguridad, estos pueden prestarse bajo la modalidad de vigilancia fija, vigilancia móvil, e investigación privada; no obstante, actualmente existe insuficiencia jurídica al regular la actividad de la investigación privada, puesto que no existe organismo estatal alguno que evalúe, controle y certifique al personal que opera como investigador privado. Actualmente la modalidad de vigilancia fija y móvil es acreditada y certificada por el Departamento de Control y Supervisión de las Organizaciones de Seguridad Privada (COSP), excepto las actividades derivadas de la modalidad de la investigación privada. No existe argumentación jurídica alguna por la que las actividades provenidas bajo la modalidad de la investigación privada, no se encuentren expresamente reguladas en la ley, impidiendo a las compañías de seguridad ofertar este servicio, puesto que la actuación de un investigador privado no acreditado es ilegal, quedando su actuación invalida en un proceso judicial, pudiendo su actuación incurrir en delito en contra de la intimidad de las personas.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6650
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