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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6185
Título : | Necesidad de establecer nuevos parametros en la ley de mineria, en relacion a la mineria artesanal de conformidad con lo que establece el articulo 11, numeral 2 de la constitucion de la republica del ecuador.- proyecto de reforma a la ley de mineria |
Autor : | Mario Chacha Vásquez Añazco Dávila, Richar Fabián |
Fecha de publicación : | 2013 |
Resumen : | La investigación que es materia del presente trabajo que pongo a consideración de la Universidad Nacional de Loja y el público en general surge de la necesidad de hacer un análisis de la problemática titulada: “NECESIDAD DE ESTABLECER NUEVOS PARAMETROS EN LA LEY DE MINERIA, EN RELACION A LA MINERIA ARTESANAL DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 11, NUMERAL 2 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR.- PROYECTO DE REFORMA A LA LEY DE MINERIA”, problema social que ha tomado cuerpo en los últimos años debido a la falta de regulación legal que permita establecer los parámetros para una eficaz minería artesanal, lo que no ha permitido que este grupo de la sociedad desarrolle su actividad en igualdad de derechos y obligaciones; es por ello que se hace necesario estructurar nuestra legislación minera de acuerdo a la realidad social que engloba este problema. He realizado el enfoque del problema desde el punto de vista social, económico y jurídico, analizándolo en su contexto nacional e internacional, en base al análisis de la legislación comparada, que me ha dado luces para proponer recomendaciones y soluciones a esta problemática, así como elaborar un proyecto de reforma jurídica que de alguna manera va a contribuir a enfrentar este fenómeno social. De ahí surge la relevancia y actualidad de esta problemática que me ha permitido enfocarlo y analizarlo desde todos sus contextos, a efecto de proponer soluciones viables de orden legal. El art. 134 de la Ley de Minería considera como minería artesanal y de sustento a aquella que se efectúa mediante trabajo individual, familiar o asociativo de quien realiza actividades mineras autorizadas por el Estado en la forma prevista en la Ley de Minería y su reglamento, que se caracteriza por la utilización de herramientas, máquinas simples y portátiles destinadas a la obtención de minerales cuya comercialización en general sólo permite cubrir las necesidades básicas de la persona o grupo familiar que las realiza y que no hayan requerido una inversión superior a las ciento cincuenta remuneraciones básicas unificadas. En caso de producirse la asociación de tres o más mineros artesanales su inversión será de trescientas remuneraciones básicas unificadas, de allí la necesidad de establecer nuevos parámetros en la Ley de Minería que regule la minería artesanal en relación a lo que establece el Art. 11, numeral 2 de la Constitución de la Republica del Ecuador. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6185 |
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