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Título : Necesidad de incorporar en el codigo penal ecuatoriano la imprescriptibilidad de la acción penal y de la pena en los delitos de violacion
Autor : Jefferson Armijos Gallardo
González Castro, Fausto
Fecha de publicación : 2013
Resumen : La importancia y trascendencia del problema socio-jurídico titulado: “Necesidad de Incorporar en el Código Penal Ecuatoriano la Imprescriptibilidad de la Acción Penal y de la Pena en los Delitos de Violación”, se encuentra fundamentado, luego de hacer la revisión de las disposiciones del Código Penal que reprimen el delito de violación, ya si se aplican aun así las mismas son insuficientes, de acuerdo a las diferentes acciones revisadas a lo largo de este proceso, no podemos mira de soslayo algo que todo el tiempo desde antes de la época democrática y más aun con ellas se han venido cometiendo a lo largo de la vida republicana, ya sean con la diferentes innovaciones a las diferentes Leyes que se han dado en ese duro proceso de tener un corregidor para un buen desenvolvimiento entre los habitantes de la patria; si en algo han ayudado la aparición de las Leyes Penales, de la misma manera como han avanzado los procesos sociales, es como se irán o se deberán ir dando las regulaciones para que exitista una correcta legislación de la Ley, y si ya las hay, es importante que en su / y para una correcta aplicación. Es de suma importancia qué éstas no prescriban; o hacer hincapié que ciertos artículos de la Ley, tales como los delitos de la Violación Sexual, éstas no prescriban, por cuanto, si no todos, pero sì en su gran mayoría, los juicios referentes a los delitos sexuales quedarían en la impunidad y se estaría legislando en favor de la injusticia, además debo señalar qué; si hay cuerpos y acciones legales que para el Estado no prescriben, no considero justo que malas acciones contra el ser humano como un ente de soporte social y productivo como es el caso de los Delitos Sexuales, se encuentre inmerso entro de los tiempos de prescripción, creo por demás necesario, en que se debe dejar totalmente abierta la posibilidad de que las víctimas de los delitos sexuales en cualquier tiempo pueda proponer y agilitar su defensa, que ya en otro países ya se vienen dando desde hace años, mientras que el nuestro aun con las aberraciones vividas con los tristemente célebres Monstruo de los Andes y el Monstruo del Oro, nada ha hecho la legislación o si lo piensan hacer, es por demás lenta , y hasta tanto habrán un millar de personas resentidas con los hacedores de Justicia y de las Leyes. Es importante y necesarios que; la Justicia sancione al y a los culpables para que pague por el daño ocasionado. Porque La prescripción de la acción penal y la pena lo único que aporta en la legislación ecuatoriana es, a no sancionar él y los delitos que ha cometido el agresor. Este trabajo se fundamenta principalmente en la necesidad de ayudar a la administración de justicia, para que sea aplicada sin mucha demora y salvaguardar la integridad de las víctimas, para de esa forma proteger sus derechos, en especial el de la libertad sexual, que se ha visto violentada en los que van de los últimos treinta años de una manera inescrupulosa. El aporte teórico y de campo de la presente tesis me permitió obtener criterios, con fundamentos claros y precisos, con temas y bibliografías de reconocidos Jurisconsultos y Criminólogos que aportaron a la comprobación y verificación de objetivos, y a la contrastación de las hipótesis planteadas, permitiendo apoyar los cambios propuestos. El contenido de la tesis es un esfuerzo intelectual del postulante en el ámbito científico y metodológico, que aborda teórica y empíricamente, la limitación al derecho fundamental de la libertad sexual, que se vulnera por el infractor cuando viola sexualmente a una víctima, desconociendo que en ellas van dejando secuelas muy graves en su desarrollo emocional muy marcadas que debe ser un tema de Estado para que asista en una ayuda oportuna y especializada a las víctimas de esta clase de delitos, mucho más cuando son niños y/o adolecentes; dicho esto, creo por lo que es necesario que estos infractores sean sancionados en cualquier tiempo que se conoció el delito, en tal virtud, considerando más que necesario que en el Código Penal Ecuatoriano se Incorpore que tanto la acción penal y la pena, en los delitos de violación sexual deben ser imprescriptibles.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6167
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