Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5994
Título : Necesidad de incorporar la suspensiòn del pago de las pensiones alimenticias en el art. Innumerado 32 de la ley reformatoria al titulo v, libro ii del codigo organico de la niñez y adolescencia
Autor : Igor Eduardo Vivanco Muller
Puertas Gallardo, Andrés Stalin
Fecha de publicación : 2014
Resumen : La importancia de los alimentos es fundamental, por ende, la norma jurídica hace mención a cómo, cuanto, cuando y a quienes deben darse los alimentos, sin las limitaciones que derivan del matrimonio, porque esta obligación recae no solo entre los cónyuges, sino también se basa en el parentesco dentro de los límites que el legislador fija para que sea un deber jurídico civil. Existen diversos motivos por los cuales el ser humano se ve necesitado de acudir ante los órganos jurisdiccionales, con el propósito de hacer valer su derecho de acción que la ley le ha conferido, en contra de una o varias personas, ya sea ejercitando una o varias acciones, con la finalidad de obtener una resolución que satisfaga todas y cada una de sus pretensiones. Es importante decir, que las acciones intentadas por el hombre van encaminadas hacia un fin especifico, el cual se manifiesta cuando una persona determinada necesita que otra persona le provea por ley, declaración judicial o convenio lo suficiente que garantice el modo o forma de subsistir en el mundo de sus necesidades, y que esta providencia se concretice dentro o fuera de la familia ministrando los alimentos que la persona necesita, como lo son comida, vestido, habitación, asistencia médica, educación, etc. En consecuencia, el género humano, tanto hombres como mujeres, siempre estarán en la búsqueda por encontrar la manera de reclamarse, a través del ejercicio de su derecho de acción, que uno de ellos cumpla con determinadas obligaciones, ya sea de dar, hacer o de no hacer; y, que el otro quede colmado en sus necesidades y pretensiones, encontrando con ello su bienestar personal dentro de la sociedad. Ahora bien, si atendemos una situación que se da en la práctica jurídica en un juicio de alimentos; al momento de que el actor; el demandado; o ambos, tratan de promover una acción encaminada a que suspenda el pago de la pensión alimenticia, a la cual ha sido condenado mediante resolución judicial o que se ha obligado mediante convenio expreso, porque ha detectado la existencia de un cambio de situación jurídica inherente al acreedor alimentista y, que ésta pueda dar origen al ejercicio de la acción encaminada a suspender la ministración alimentaria. Consecuentemente y en atención a lo anterior, podemos determinar diáfanamente mediante el análisis de la LEY REFORMATORIA AL TITULO V, LIBRO II DEL CODIGO ORGANICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA; que es necesario establecer esta figura jurídica como es la “suspensión del pago de las pensiones alimenticias” dentro del derecho; como lo voy a demostrar en el transcurso de esta investigación. De las formas o supuestos de acción que se mencionan anteriormente, es importante para esta investigación determinar un concepto sustancial que permita entender que es cada una de esas causas que dan origen a tales consecuencias jurídicas, que pueden suspender provisional o cesar definitivamente las obligaciones de suministrar los alimentos, pero en el caso concreto que me ocupa. En ese orden de ideas, lo que se pretende demostrar con esta investigación, es señalar con claridad y de manera conceptual que causales se deben dar para que se establezca una suspensión del pago de las pensiones alimenticias, que requisitos deben cumplir y bajo que casos o circunstancias se deben viabilizar. Bajo esta óptica analítica, pretendo aportar a los jueces, abogados, alumnos, estudiosos del derecho y, por último, a los legisladores las bases jurídicas, para que en su momento sean tomados en cuenta en un futuro no muy lejano, que coadyuve a la elaboración de un proyecto de reforma al artículo Innumerado 32 de la LEY REFORMATORIA AL TITULO V, LIBRO II DEL CODIGO ORGANICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, que permita pues, a los profesionales del derecho en la práctica jurídica y en el ejercicio de una acción pretendida por los particulares, con la cual se intente suspender los efectos de un derecho, como lo es recibir o suministrar los alimentos, que se ejercite en la forma y vías adecuadas, y así obtener lo que se pretende que es una resolución favorable para gozar de ese derecho personal y garantizar el derecho de esa obligación; de acuerdo a los principios del interés superior del niño. Para comprender el presente problema de investigación es necesario estudiar cada una de las categorías que lo componen, para ello, en primer lugar se concreta el acopio teórico, correspondiendo: a) Un marco teórico conceptual, en donde hablo de concepto de familia, parentesco, alimentos, derecho de alimentos, tenencia, patria potestad, suspensión de pensiones alimenticias, caducidad de pensiones alimenticias, etc. b) En el Marco Doctrinario algunos criterios doctrinarios sobre la problemática del incesto; como por ejemplo me voy a referir a los Derechos de Alimentos en el Ecuador, objetivos de los Alimentos, el derecho de los alimentantes, la extinción del derecho de alimentos y sus consecuencias jurídicas y sociales; etc. c) En el marco jurídico todo lo relacionado con el problema lo cual empiezo por nuestra carta magna de la Constitución de la República del Ecuador; la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, el Código Civil, etc. d) y para concluir con la revisión literaria hablo acerca de la legislación comparada en cuanto al procedimiento se refiere en la forma como algunos países actúan en razón de como se extingue o suspende la obligación de dar alimentos. En segundo lugar la indagación de campo o el acopio empírico, siguiendo el siguiente orden: a) presentación y análisis de los resultados de las encuestas; b) presentación y análisis de los resultados de las entrevistas; y c) estudio de casos. En tercer orden vendrá la síntesis de la investigación jurídica, con la concreción de: a) indicadores de verificación de los objetivos y de contrastación de hipótesis; b) la deducción de conclusiones; y c) el planteamiento de recomendaciones o sugerencias. El trabajo teórico y de campo del presente trabajo investigativo me permitió obtener criterios, con fundamentos claros y precisos que aportaron a la verificación de objetivos, y contrastación de la hipótesis, permitiendo apoyar los cambios propuestos. El contenido de la presente Tesis es un esfuerzo intelectual en el ámbito científico y metodológico, y tratando de proteger el derecho a la defensa en el debido proceso, la seguridad jurídica; etc., en vista del vacío existencial legal en la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5994
Aparece en las colecciones: UED

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Andrés Stalin Puertas Gallardo.pdf1,95 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.