Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3343
Título : | NECESIDAD DE CRIMINALIZAR Y PENALIZAR LA PARAFILIA Y SUS MODALIDADES COMO ACTO DELICTUOSO DENTRO DEL CODIGO PENAL DE ECUADOR, CON AGRAVANTES EN VICTIMAS MENORES DE EDAD |
Autor : | DR. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ GUZMÁN MORÁN, MARIANA DE JESÚS |
Fecha de publicación : | 2012 |
Resumen : | Hablar de sexualidad es algo delicado. Es sorprendente la cantidad de personas que han sido víctimas de acoso sexual y que continúan guardando ese secreto. Sufren en silencio, un silencio que indica temor y dolor y que nosotros alentamos al no hablar de sexualidad, (mucho menos de abuso sexual), de alguna manera propiciamos que las victimas se callen y que esa experiencia dolorosa se transforme en el secreto mejor guardado. La parafília debe diferenciarse del uso de fantasías o comportamientos sexuales no patológicos o de los objetos como un estímulo para la excitación sexual que presentan los individuos sin parafilia. Las fantasías, los comportamientos o los objetos son considerados parafílicos sólo si provocan malestar o alteraciones clínicamente significativas. En el retraso mental, la demencia, el cambio de personalidad debido a una enfermedad médica, la intoxicación por sustancias, un episodio maníaco o la esquizofrenia puede existir una reducción de la capacidad de juicio, de las habilidades sociales o del control de los impulsos, que, en raras ocasiones, produce un comportamiento sexual inusual. Estos casos se diferencian de las parafilias por varios factores: el comportamiento sexual poco frecuente del individuo no constituye el patrón obligatorio o preferido del sujeto, los síntomas sexuales aparecen exclusivamente durante el curso de estos trastornos mentales y los actos sexuales inusuales tienden a ser aislados, más que recurrentes, y a tener un inicio más tardío. La psiquiatría considera la pedofilia como una parafilia. Los pedófilos, desde esta perspectiva, son sujetos con una orientación sexual dirigida primariamente a niños, sin apenas interés por los adultos y con conductas compulsivas no mediatizadas por situaciones de estrés. La efebofilia, también conocida como hebefilia, es la condición en la cual personas adultas experimentan atracción sexual hacia adolescentes que ya han pasado la etapa de la pubertad. La atracción hacia adolescentes femeninas cuyo físico corresponde más bien al de una pre-adolescente (niña, puberta o prepuberta) es conocida como complejo de Lolita. Por definición, estos términos no son sinónimos de pedofilia. No obstante, en los países occidentales se ha usado con frecuencia la palabra pedofilia para referirse a la efebofilia cuando ésta es ilegal, o sea, para referirse a la atracción sexual hacia cualquier persona cuya edad sea menor a la edad de consentimiento sexual. El acoso sexual en menores va en aumento. Por esa razón, es hora de empezar a informar y castigar a sus autores, cómplices y encubridores, incrementándose en el Código Penal un Artículo que sancione de la manera más drástica a estos enfermos Psicológicos e incultos de la sociedad. En cuanto a la criminología es una ciencia que se ha venido ocupando desde el último tercio del siglo XIX del estudio de las conductas criminales, basa sus fundamentos en conocimientos propios de la psicología, la sicopatología y de la sociología, la criminología estudia las causas del crimen sexual partiendo del método empírico inductivo, basado en la observación del agresor y de su medio, para posteriormente basados en la ciencia deducir y preconizar los remedios del comportamiento antisocial del hombre; mientras que la criminalística es una ciencia auxiliar del Derecho Penal cuyo objetivo es el descubrimiento, explicación y prueba de los delitos comunes y sexuales, así como la verificación de sus autores y víctimas. La criminalística se vale de los conocimientos científicos y aplica diferentes procedimientos y técnicas de investigación para reconstruir los hechos. La presente investigación permite darnos cuenta de los procedimientos que se deben emplear y si se cumplen como se establece en la ley, se constituyen en la herramienta clave para hechar abajo un peritaje mal realizado. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3343 |
Aparece en las colecciones: | UED |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
GUZMÁN MORÁN MARIANA DE JESÚS.pdf | 872,37 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.