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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/30803
Título : | Reforma al artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal referente al principio de proporcionalidad |
Autor : | Sagbay André, Juan Gabriel Barragán Cedeño, Hugo Alexander |
Palabras clave : | DERECHO COIP ECUADOR DERECHO PENAL |
Fecha de publicación : | 14-oct-2024 |
Editorial : | Universidad Nacional de Loja |
Resumen : | El presente trabajo investigativo tiene como objetivo principal demostrar que en las contravenciones de tránsito sus consecuencias jurídicas (penas) son desproporcionadas, pero nuestro trabajo va enfocado en el artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal, puesto que, a nuestro criterio existen una flagrante vulneración al principio de proporcionalidad, siendo este uno de los pilares fundamentales dentro del derecho penal, ya que al existir en un tipo penal (contravenciones de tránsito) varias penas y su descripción de la conducta no es muy grave y esta conducta no atenta con bienes jurídicos de otras personas también son sanciones desproporcionadas. La investigación tiene un enfoque mixto y alcance de tipo exploratoria, por lo que se utilizaron técnicas de entrevista y encuesta; para la entrevista se consideró a 5 jueces y para la encuesta se encuestó a 10 profesionales del derecho. Los resultados arrogan que existe una desproporcionalidad en la tipificación de las sanciones dentro del artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), también se ha comprobado y verificado con los encuestados que se ha violentado el principio de proporcionalidad en las sanciones del artículo 386 del COIP, por lo que se propone la siguiente reforma: Artículo 386.- Contravenciones de tránsito de primera clase.- Será sancionado con multa de un salario básico unificado del trabajador en general: 1. La persona que conduzca sin haber obtenido licencia. 2. La o el conductor que falte de obra a la autoridad o agente de tránsito. 3. La o el conductor que, con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente. Será sancionado con dos salarios básicos unificados del trabajador en general: 1. La o el conductor que transporte pasajeros o bienes, sin contar con el título habilitante correspondiente, la autorización de frecuencia o que realice un servicio diferente para el que fue autorizado. Si además el vehículo ha sido pintado ilegalmente con el mismo color y características de los vehículos autorizados, la o el juzgador dispondrá que el vehículo sea pintado con un color distinto al de las unidades de transporte público o comercial y prohibirá su circulación, hasta tanto se cumpla con dicho mandamiento. El cumplimiento de esta orden solo será probado con la certificación que para el efecto extenderá el responsable del sitio de retención vehicular al que será trasladado el vehículo no autorizado. Los costos del cambio de pintura del vehículo estarán a cargo de la persona contraventora. 2. La persona que conduzca un vehículo con una licencia de categoría diferente a la exigible para 3 el tipo de vehículo que conduce. 3. Las personas que participen con vehículos a motor en competencias en la vía pública. |
Descripción : | The main objective of this investigative work is to demonstrate that in traffic violations their legal consequences (penalties) are disproportionate, but this research work is focused on article 386 of the Comprehensive Criminal Organic Code, since, in our opinion, there is a flagrant violation of the principle of proportionality, this being one of the fundamental pillars within criminal law, since as there are several penalties in a criminal type (traffic violations) and their description of the conduct is not very serious and this conduct does not threaten the legal rights of other people are also disproportionate sanctions. The research has a mixed approach and exploratory scope, so interview and survey techniques were used; For the interview, 5 judges were considered for the survey, and 10 legal professionals were surveyed. The results showed that there is a disproportionality in the classification of sanctions within article 386 of the Comprehensive Organic Penal Code (COIP), it has also been verified with the respondents that the principle of proportionality in the sanctions of article 386 of the COIP, for which the following reform is proposed: Article 386.- First class transit contraventions. - It will be sanctioned with a fine of one unified basic salary of the worker in general: 1. The person who drives without having obtained a license. 2. The driver who fails to assist the traffic authority or agent. 3. The driver who, with a motor vehicle, exceeds the speed limits outside the moderate range, established in the corresponding regulations. You will be sanctioned with two unified basic salaries of the worker in general: 1. The driver who transports passengers or goods, without having the corresponding qualifying title, frequency authorization or who performs a service different from that for which he or she was authorized. If, in addition, the vehicle has been illegally painted with the same color and characteristics of the authorized vehicles, the judge will order that the vehicle be painted with a color different from that of the public or commercial transport units and will prohibit its circulation, until such time. Comply with said command. Compliance with this order will only be proven with the certification issued for this purpose by the person responsible for the vehicle retention site to 5 which the unauthorized vehicle will be transferred. The costs of changing the vehicle's paint will be the responsibility of the offending person. 2. The person who drives a vehicle with a license of a category different from that required for the type of vehicle being driven. 3. People who participate with motor vehicles in competitions on public roads. |
URI : | https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/30803 |
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