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Título : REFORMAR EL ARTICULO 444 DEL CODIGO PENAL QUE SANCIONA LA PRACTICA DEL ABORTO DE FORMA VOLUNTARIA, YA QUE LA SANCION ESTABLECIDA VULNERA LOS DERECHOS DE PROTECCION DEL NASCITURUS.
Autor : Dr. Augusto Patricio Astudillo Ontaneda.
CHANGO ICHINA, NARCIZA DE JESÚS
Fecha de publicación : 2011
Resumen : La presente investigación sobre “REFORMAR EL ARTICULO 444 DEL CODIGO PENAL QUE SANCIONA LA PRACTICA DEL ABORTO DE FORMA VOLUNTARIA, YA QUE LA SANCION ESTABLECIDA VULNERA LOS DERECHOS DE PROTECION DEL NASCITURUS.” Tiene por objeto el endurecimiento de la sanción, ya que se trata de un delito contra la vida y como tal debe ser sancionado, tomando en cuenta que se está atentado contra los derechos del nasciturus, consagrados en la Constitución de la República del Ecuador, Códigos: Penal, Civil, de la Niñez y Convenios Internacionales, ratificados por el Ecuador, los mismos que son vulnerados por aquellas mujeres que practican el aborto como una costumbre habitual, muchas de ellas desconociendo las graves secuelas que esto provocará a lo largo de sus vidas. La vida del concebido y no nacido, está protegida desde el momento de la concepción, y es repudiable que en pleno XXI, cuando al alcance de todo ser humano existen métodos de planificación familiar, muchos de ellos gratuitos aun se sigan practicando abortos de manera libre y a vista y paciencia de las autoridades que conocen en muchos de los caos del cometimiento de este acto delictivo, la sociedad también se encuentra inmersa en el conocimiento de este delito y por razones desconocidas no acuden ante las autoridades y denuncian este delito de asesinato a un ser en completo estado de indefensión, es decir que se comete un crimen, que la sociedad y muchas autoridades conocen del delito pero nada hacen por arbitrar justicia y hacer pagar a las responsables de estos crímenes que matan más que en una guerra. Sin embargo estos casos conocidos por las autoridades, la sociedad y difundidos por todos los medios de comunicación, siempre quedan en la impunidad, ya que jamás ha sido sancionada una mujer que actúe de esta manera, es decir, una mujer que con completo estado de conciencia y voluntad se realiza un aborto y mate a un ser completamente indefenso, que no pidió venir al mundo, sino que la responsable de este acto repudiable no midió las consecuencias de sus actos, y al final termina sacrificando a aquel ser inocente e indefenso que comenzó a vivir en su vientre.Por tales consideraciones las mujeres que están acostumbradas a realizar esta clase de delitos deben ser sancionadas con el máximo rigor de la ley, solo de esta manera se protegerá al nasciturus futuro de la patria.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2412
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