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Título : ESTUDIO DE LA POLÍTICA CRIMINAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES DE ONCE AÑOS QUE SON UTILIZADOS BAJO LA MODALIDAD DE CORREOS HUMANOS PARA EL ENVIO, TRASLADO DE SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACIÓN
Autor : Soto Soto, Fernando
Ramón Ordoñez, Royer Manuel
Palabras clave : DERECHO
POLÍTICA CRIMINAL
PROTECCIÓN DE MENORES
CORREOS HUMANOS
Fecha de publicación : 2019
Editorial : Loja, 17 de junio
Resumen : La presente tesis constituye el informe final del proceso de investigación motivado a la protección de los menores de once años que son instrumentalizados bajo la modalidad de correo humano para trasladar sustancias ilícitas dentro de una zona. Los menores por su corta edad no tienen la madurez ni la capacidad necesaria para negarse a ser objeto de uso por los adultos, para cometer sus actos ilegales, es natural que por este favor los menores son recompensados con dinero o alguna cosa que llame la atención a los ellos. El Código Orgánico Integral Penal regula el delito y la pena desde uno a trece años de pena privativa de libertad en el Tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización específicamente en el artículo 220 numeral 2 inciso segundo tipifica Si las sustancias estupefacientes y psicotrópicas o preparados que las contengan, se oferten, vendan, distribuyan o entreguen a niñas, niños o adolescentes, se impondrá el máximo de la pena aumentada en un tercio.” (CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL, 2014). Además el Código de la Niñez y Adolescencia artículo 78 estipula “los niños niñas adolescentes tienen derecho a que se les brinde protección contra el consumo y uso indebido de bebidas alcohólicas, tabaco, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. La participación en la producción, comercialización y 3 publicidad de las sustancias y objetos. El uso de armas, explosivos y sustancias que pongan en riesgo su vida o su integridad personal” (Cogido de la niñez y Adolecencia, 2014). Como se puede evidenciar en las normas prescritas de nuestra Legislación no existe ningún tipo de sanción específica, o a su vez aplicación de medidas de seguridad para los progenitores que utilicen a los menores a 11 años bajo la modalidad de correos humanos para el traslado o envío de sustancias sujetas a fiscalización a fin de garantizar los derechos del menor. Una de las principales causas que los grandes traficantes de sustancias estupefacientes y psicotrópicas utilizan a los niños para el comercio ilegal es la pobreza e inimputabilidad, desgraciadamente la indigencia de los familiares de niños o niñas pueden utilizarlos sin tener los menores ningún conocimiento del comercio ilícito, sin embargo la apropiación de los niños o niñas que sirvan como correos humanos genera conmoción social y jurídica como la desprotección de los derechos a la integridad personal, tanto física, psicológica, de dignidad, honra, reputación e imagen propia del menor. Por lo que considero necesario que se realice un estudio de política criminal de estrategias y control por parte de los órganos competentes del Estado Ecuatoriano, incorporando a nuestra legislación la aplicación de medidas de seguridad y de protección, y además se considere una pena 4 más drástica para las personas que utilicen a los menores de once años bajo la modalidad de correos humanos para el traslado o envío de sustancias sujetas a fiscalización a fin de garantizar los derechos del menor. Además de estas medidas de seguridad considero necesario que estos casos lleven una investigación a fondo para determinar a los coautores u organizaciones ilícitas que manipulan a los niños menores de once años, para que tengan una sentencia justa; y si llegaran a ser sus progenitores o cualquier otro familiar puedan ser separados de estos y reciban una sancionados ya sea con la pérdida de la patria potestad definitiva del menor con el fin de garantizar derechos establecidos en la constitución y el Código de la Niñez y Adolescencia. Según lo dispone el Art. 4 del Código de la Niñez y Adolescencia expresa; Niño o niña es la persona que no ha cumplido doce años de edad. Adolescente es la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años”. (Cogido de la niñez y Adolecencia, 2014). Según tipifica nuestra ley en materia Niñez y Adolescencia, es niño o niña aquel que no ha cumplido doce años de edad, por tal razón son personas inimputables, no son sujetos a ningún tipo de sanción, de esta manera se evidencia que los menores de once años de edad miden su desarrollo fisiológico y psíquico de acuerdo a su desarrollo de vida. Se podría expresar que el niño es el ser humano que todavía no ha alcanzado la pubertad, es por ello que es una persona que se encuentra en la niñez y tiene pocos años de vida y no es un sujeto capaz para ejercer derechos y obligaciones jurídicamente, por lo que sus actos son nulos y se lo considera como un sujeto inimputable.
Descripción : This thesis is the final report of the investigation process motivated to the protection of children under eleven years of age who are used as human mail to transport illicit substances within an area. Children by their young age do not have the maturity or ability to refuse to be used by adults, to commit their illegal acts, it is natural that in this favor children are rewarded with money or something that draws attention to them. The Comprehensive Organic Criminal Code regulates the crime and the penalty from one to thirteen years of custodial sentence in the illicit traffic of scheduled substances subject to control specifically in article 220 numeral 2 second paragraph typifies. If the narcotic and psychotropic substances or preparations that contain them, are offered, sold, distributed or delivered to children or adolescents, the maximum penalty shall be increased by one third. "(ORGANIC CODE COMPREHENSIVE CRIMINAL, 2014). In addition, the Childhood and Adolescence Code article 78 stipulates that "adolescent girls' children have the right to be protected against the consumption and misuse of alcoholic beverages, tobacco, narcotics and psychotropic substances. Participation in the production, marketing and advertising of substances and objects. The 7 use of weapons, explosives and substances that put your life or personal integrity at risk. As it can be evidenced in the prescribed norms of our Legislation, there is no specific sanction, or at the same time application of security measures for the parents who use the minors to 11 years under the modality of human mails for the transfer or sending of substances subject to control in order to guarantee the rights of the child. One of the main causes that the big traffickers of narcotic and psychotropic substances use to the children for the illegal trade is the poverty and inimputability, unfortunately the indigence of the relatives of children can use them without the minors having any knowledge of the illicit trade, However, the appropriation of children who serve as human couriers generates social and legal commotion such as the lack of protection of the rights to personal integrity, both physical, psychological, dignity, honor, reputation and self-image. For what I consider necessary to carry out a study of criminal policy of strategies and control by the competent bodies of the Ecuadorian State, incorporating into our legislation the application of security measures and protection, and also consider a more drastic penalty for persons who use children under eleven years of age under the modality of human mail for the 8 transfer or shipment of substances subject to control in order to guarantee the rights of the child. In addition to these security measures, I consider it necessary for these cases to conduct a thorough investigation to determine the coauthors or illicit organizations that manipulate children under the age of eleven, so that they have a fair sentence; and if they become their parents or any other family member they can be separated from them and receive a sanction either with the loss of the child's final parental authority in order to guarantee rights established in the constitution and the Code of Children and Adolescents According to the provisions of Art. 4 of the Code of Children and Adolescents, it states; Child or girl is the person who has not turned twelve years of age. Adolescent is the person of both sexes between twelve and eighteen years ". (Caught from childhood and Adolescence, 2014). According to our law in matters of Childhood and Adolescence, it is a boy or girl who has not reached twelve years of age, for this reason they are inimitable, they are not subject to any type of sanction, in this way it is evidenced that children under eleven years of age measure their physiological and psychic development according to their development of life. It could be expressed that the child is the human being who has not yet reached puberty that is why it is a person who is in childhood and has a few years of life and is not a subject able to exercise rights and obligations legally, so his acts are null and is considered an unimpeachable subject.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/21929
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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