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Título : La Mediación Prejudicial, Voluntaria y Obligatoria como Tendencia Moderna del Derecho en la Solución de Conflictos
Autor : Soto Soto, Fernando
Jiménez Merino, Andrés Francisco
Palabras clave : DERECHO
MEDIACIÓN
SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
TENDENCIA
Fecha de publicación : 2018
Editorial : Loja, 18 de diciembre
Citación : 182 p.
Resumen : El presente trabajo de investigación corresponde a un estudio jurídico, doctrinario y de derecho comparado, titulado, “La Mediación Prejudicial, Voluntaria y Obligatoria como Tendencia Moderna del Derecho en la Solución de Conflictos”, con el propósito de acelerar aquellos procesos que son de materia transigible mediante la mediación, y por economía procesal, evitando gastos para las partes y a su vez lleguen a un acuerdo voluntario. La carga procesal en materia transigible se encuentra aglomerada debido a la cantidad de procesos judiciales que se presentan día a día, siendo los jueces los únicos responsables de dar cumplimiento y garantizar los derechos a las partes procesales, si bien existe la mediación, pero en muchos de los casos las partes procesales no les interesa pasar por el centro de mediación porque en su mayoría consideran que no es factible, y consideran que la mediación en nuestro país carece de eficacia procesal. En la presente investigación, mediante encuestas y entrevistas realizadas a diversos funcionarios de la función judicial de Loja han considerado que sería de gran utilidad establecer la mediación obligatoria en materia transigible y de esa forma ayudar en la carga procesal de los jueces. Los legisladores argentinos han estimado que los procesos que corresponden materias transigibles y debido a la carga procesal que tienen los jueces y basándose en el principio de celeridad y economía procesal, y, al ser procesos, que pueden ser resueltos mediante acuerdo por las partes procesales, los legisladores han estimado necesario que las partes procesales están en la obligación de pasar primero por el centro de mediación obligatoria para ver si en desarrollo de la audiencia lleguen a un acuerdo, antes de llegar a la vía judicial.Para aquellas personas que pretenden hacer efectivo un derecho mediante vía judicial, su primera visión es ir directamente a las instancias judiciales para obligar al demando a cumplir con determinada obligación, por lo que en algunos casos se llegan a un acuerdo en la audiencia preliminar. El presente trabajo de investigación tiene una orientación desde el punto de vista social, económico y jurídico, en base al estudio del derecho comparado, demostrando que países Argentina, Perú, han incorporado a su norma, la mediación obligatoria, y en su fundamento pertinente citan; los procesos que son de materia transigible deben obligadamente pasar por mediación obligatoria
Descripción : This research work corresponds to a legal study, doctrinal and comparative law, entitled, "" Prejudicial, voluntary and mandatory mediation as a modern trend of law in conflict resolution. ", With the purpose of accelerating those processes that are of material transigible through mediation, and by procedural economy, avoiding expenses for the parties and in turn reaching a voluntary agreement. The procedural burden in transigible matters is agglomerated due to the number of legal proceedings that are presented every day, with the judges being solely responsible for compliance and guaranteeing the rights of the parties to the proceedings, although there is mediation, but in many cases of the cases, the procedural parties do not want to go through the mediation center because most of them consider that it is not feasible, and consider that the mediation in our country lacks procedural efficiency. In the present investigation, through surveys and interviews conducted with various officials of the judicial function of Loja have considered that it would be very useful to establish mandatory mediation in transigible matter and thus help in the procedural burden of the judges. Argentine legislators have estimated that the processes that correspond to transferable matters and due to the procedural burden that the judges have and based on the principle of speed and procedural economy, and, being 5 processes, that can be resolved by agreement by the parties to the proceedings, the legislators have deemed necessary that the procedural parties are obliged to first pass through the mandatory mediation center to see if in the course of the hearing they reach an agreement, before reaching the court. For those persons who intend to enforce a right through judicial channels, their first vision is to go directly to the courts to force the defendant to comply with a certain obligation, so in some cases an agreement is reached at the preliminary hearing. This research work has an orientation from the social, economic and legal point of view, based on the study of comparative law, demonstrating that countries Argentina, Peru, have incorporated to their norm, mandatory mediation, and in their pertinent foundation cite; the processes that are of transigible matter must obligatorily pass through mandatory mediation.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/21570
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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